Ecuador vive un conflicto armado interno y necesita leyes excepcionales, según constitucionalista

Jul 8, 2025

El constitucionalista Andrés Santos Espinoza afirmó que Ecuador se encuentra en un conflicto armado interno, aunque las autoridades —especialmente la Corte Constitucional— se resistan a reconocerlo formalmente. Durante una entrevista en el programa Vera a su manera, explicó que el país ya cumple con los dos criterios establecidos por el derecho internacional para calificar ese tipo de conflicto: el nivel de organización de los grupos criminales y la intensidad de la violencia.

Según Santos, Ecuador enfrenta a más de 22 organizaciones terroristas activas, con aproximadamente 60.000 miembros armados, una cifra que supera incluso el número de efectivos de las Fuerzas Armadas. “Son estructuras con jerarquía, control territorial, vínculos con cárteles internacionales y capacidad de corromper al Estado. No son bandas comunes: son enemigos del Estado”, sostuvo.

También comparó la gravedad de la situación con escenarios internacionales. “Desde 2022, más de 22.000 ecuatorianos han muerto en hechos violentos asociados a esta guerra interna. En Ucrania, en el mismo periodo, han fallecido 40.000 personas en un conflicto convencional contra una superpotencia”, ejemplificó.

Crítica a la Corte Constitucional

Santos cuestionó duramente el papel de la Corte Constitucional, a la que acusó de mantener una visión desconectada de la realidad y de aplicar una interpretación “dogmática y garantista” de la Constitución. Recordó que cuando el Ejecutivo declaró el conflicto armado interno en enero de 2024, la Corte rechazó esa calificación.

“Es hora de adaptar las leyes al contexto de guerra que vivimos, aunque no sea convencional”, insistió.

El jurista pidió al Estado ecuatoriano que aplique medidas excepcionales previstas por el derecho internacional humanitario, como los internamientos temporales de combatientes ilegales, amparados en los Convenios de Ginebra. Según explicó, esta herramienta jurídica permite privar de libertad a miembros de organizaciones terroristas sin orden judicial, mediante su reclusión en campos de internamiento, bajo vigilancia militar y con estándares mínimos de derechos.

Santos aclaró que no se trata de “campos de concentración”, sino de recintos temporales para detener a personas altamente peligrosas mientras se estabiliza el país. “Son espacios donde se puede limitar la movilidad de estos actores sin necesidad de procesos judiciales ordinarios, siempre bajo control del poder civil y con revisiones periódicas”, explicó.

Cuestionó que el presidente Daniel Noboa aún no haya ejecutado esta medida, a pesar de que su propio Decreto Ejecutivo 275 menciona la posibilidad de aplicarla. A su juicio, la inacción puede deberse al temor político o a la falta de asesoramiento técnico, aunque insistió en que la legalidad de esa medida está respaldada tanto por la Constitución como por el derecho internacional.



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