No se necesita estado de excepción 

Ene 22, 2024

Roberto López

Por Roberto López Apoyo al Gobierno. No de forma incondicional, pero sí frontal. Razones: más de 2 mil terroristas presos, 28 grupos desarticulados, mas de 300 vehículos recuperados etc. Las familias de los 170 guías secuestrados coincidirán conmigo. La ciudadanía se siente respaldada por un gobierno que… ¡actúa! No como el anterior. Y este no […]

Por Roberto López

Apoyo al Gobierno. No de forma incondicional, pero sí frontal. Razones: más de 2 mil terroristas presos, 28 grupos desarticulados, mas de 300 vehículos recuperados etc. Las familias de los 170 guías secuestrados coincidirán conmigo.

La ciudadanía se siente respaldada por un gobierno que… ¡actúa! No como el anterior.

Y este no tiene excusa. La Constitución dice que: “Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los derechos…”. (Art. 158). ¿Estamos de acuerdo en que el derecho a la vida es el más relevante, pues si se pierde, no podemos ejercer los demás derechos?

¿La forma de garantizarla era manteniendo encerradas a las FF.AA en los cuarteles? No señor. Si no…¿cómo sacaban a las ratas de sus guaridas? Había que ir a buscarlos como acaban de hacer. ¿Estaban obligados a hacerlo? Si. El art. 147 CRE da al presidente la competencia de “cumplir y hacer cumplir la Constitución”. Y “las competencias públicas tienen un sentido dual de potestad-deber”. (Cassagne, 2002). Proteger nuestras vidas no era opcional, sino obligatorio.

Si en un fallo (monumento a la estupidez) la CC circunscribió el control de las FF.AA solo “al perímetro exterior” de las cárceles, cuando lo que había que hacer era entrar y sacarlos, ahí es cuando tienes la obligación de reflexionar y darte cuenta de que es absolutamente irracional que mientras nos están matando, la CC te trabe los Estados de Excepcion. Y que tu única opción es tomar un camino donde esta no meta la mano.

Y este es simple: ¿Qué te hace pensar que necesitabas un Estado de Excepción, cuando la Constitución dice que los derechos “serán de directa e inmediata aplicación”? ¡No se necesitaba ningún Estado de Excepción ni permiso de la Corte para aplicar el art. 158! ¿Problema de comprensión lectora o de razonamiento elemental? Lasso pudo hacer lo que hace Noboa sin pedirle permiso a la CC.

¿Culpa? De sus ineptos ministros y ‘juristas’. Sano consejo: buscarse uno que lea y entienda la Constitución cuando se es presidente.

Total apoyo al Gobierno mientras garantice nuestras vidas. Bastante bien lo está haciendo ya.



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