En audiencia de procedimiento abreviado, Amaparito del Rocío P. Q. aceptó los hechos imputados por Fiscalía y el Juez de Garantías Penales la que conoció la causa la sentenció a tres años de pena privativa de libertad, como autora directa del delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en mediana escala y al pago de una multa de diez salarios básicos unificados.
En la diligencia, la Fiscal de la Unidad Especializada en Delincuencia Organizada Trasnacional e Internacional (Fedoti) a cargo del caso presentó como elementos de convicción: el acta de evidencias, el parte policial de aprehensión, el informe de verificación y pesaje de la sustancia, que determinó un peso neto de 22,30 gramos; el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el informe de reconocimiento de evidencias, la pericia química practicada a la sustancia decomisada, entre otros.
Fiscalía conoció –mediante parte policial– que la noche del 30 de enero de 2024 en la avenida Daniel León Borja y Miguel Ángel León, en el centro de Riobamba, agentes de Policía –por información ciudadana– supieron que Amaparito del Rocío P.Q., vendedora informal, comercializaba sustancias sujetas a fiscalización, utilizando como fachada un puesto de caramelos y cigarrillos.
Los agentes acudieron al lugar y al proceder con el registro personal, encontraron a la altura de su cintura cuarenta y nueve envolturas plásticas que contenían una sustancia granulada de color blanco, que dio positivo para pasta base de cocaína, por lo fue aprehendida en delito flagrante.
0 comentarios