El abogado Andrés Páez, Doctor en Jurisprudencia y Licenciado en Sociología con mención en Ciencia Política, solicitó un acto urgente ante la Fiscalía por el delito de falsedad ideológica en el informe de Pandora Papers.
Expone que el día lunes 8 de noviembre de 2021, el asambleísta Edgar Quezada, integrante de la Comisión de Garantías Constitucionales, en rueda de prensa celebrada en las instalaciones de la Asamblea Nacional, ha efectuado alarmantes declaraciones, destacando entre ellas lo que textualmente dijo y cuyo contenido consta en innumerables videos publicados en redes sociales y medios de comunicación, siendo dicho texto el siguiente: "...es preocupante en la decisión de último minuto (sic) porque como bloque Pachakutik o como equipo de Pachakutik en la Comisión, habíamos decidido otras cosas y a último segundo aparecen otras en el informe, eso es lo que ha llamado la atención, y es por eso que en primer momento Edgar Quezada vota a favor del informe y luego en la ratificación me abstengo porque miro que a último segundo cambian dos situaciones que no debieron haber cambiado y que por lo que se acordó en primer momento por el que íbamos a votar los cuatro compañeros del movimiento Pachakutik, en ningún momento se acordó de acuerdo al Art. 130 numeral dos, no se acordó eso, lo que se acordó es que sea el Pleno de la Asamblea quien decida con la información que le enviaba la Comisión porque no existe ni un solo documento que sustenta, que sustenta, de manera fehaciente esa recomendación...".
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Tales afirmaciones, manifiesta Páez, resultan de enorme relevancia pública, puesto que "insinúan que se ha cambiado a última hora el contenido del informe y que, por ello, el referido asambleísta decidió no votar a favor en la ratificación del mismo, entendiendo que se trata de la votación para rectificación conforme las normas internas del Parlamento, según supongo yo. Y son de relevancia también porque con dicho informe, un grupo de asambleístas buscan promover una destitución del presidente de la República, Guillermo Lasso Mendoza, tal como algunos de sus voceros así lo han mencionado y lo ha refrendado su prófugo líder en declaraciones públicas".
En ese sentido, con la finalidad de obtener y conservar los elementos de prueba de "antes de que desaparezcan" y amparado en el Art. 583 del Código Integral Penal, solicita que a la fiscal Diana Salazar que se sirva realizar un acto urgente, muy espacialmente, para indagar si ha existido o no un acto que entrañe un delito de falsedad ideológica en la presentación de dicho informe.
Para tal efecto, pide además que "se sirva oficiar al Departamento de Criminalística de la Policía Judicial, para que un perito en informática realice la extracción, conservación y materialización del referido informe de las computadores" y así conocer si el informe corresponde al remitido a la Presidencia de la Asamblea.