Sábado, 09 Diciembre 2023
CC pide investigar presunto financiamiento del IESS a Alianza PAIS

CC pide investigar presunto financiamiento del IESS a Alianza PAIS Destacado

 

La Corte Constitucional (CC) pidió a la Fiscalía que inicie una investigación por una denuncia presentada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio (Cpccs-t), por un posible financiamiento ilegal al movimiento Alianza PAIS (concusión), con recursos exigidos a los directores de salud del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

El pedido está manifiesto en un dictamen emitido el pasado 13 de octubre del 2021 y notificado a las partes procesales la noche del martes 19 de octubre.

Allí, la CC da un término de 15 días para que la Fiscalía indique los avances de sus investigaciones sobre este caso. “Esta Corte no puede dejar de observar que los hechos que dieron lugar a la denuncia presentada ante el Cpccs (…) podrían tener relación con posibles actos de corrupción por la presunta apropiación indebida de un porcentaje de los sueldos de las y los directores de las unidades de salud a nivel nacional para financiar a una organización política”.

El dictamen de la CC tiene que ver con una acción de incumplimiento de una sentencia de acceso a la información pública de 2017, para que el IESS entregue información sobre el supuesto movimiento de recursos desde esa institución hacia el entonces movimiento oficialista Alianza PAIS.

El 4 de mayo del 2017 se presentó ante el Cpccs-t una denuncia en la que se indicaba que el entonces director general del IESS había pedido a las y los directores de las unidades de salud a nivel nacional que debían aportar un porcentaje de su sueldo para Alianza PAIS.

En la denuncia del Cpccs-t consta que, en septiembre de 2015, el Director General del IESS, de ese entonces habría convocado “a una reunión de trabajo en Quito exclusivamente para indicar a los Directores que debían aportar un porcentaje de su sueldo USD 70,00, para el partido político Alianza PAIS.


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”El Cpccs solicitó al IESS que remita información de los descuentos en los roles de pago de los directores como Otras retenciones”, pedidas supuestamente desde septiembre del 2016.

El 22 de diciembre de 2017, el Cpccs-t pidió una acción de acceso a la información pública, que fue aceptada la jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito, provincia de Pichincha y dispuso que, en el plazo de ocho días, el IESS entregue la documentación de los roles de pago y de quienes solicitaron esos pagos.

En la sentencia se pidió la entrega de copias certificadas de las autorizaciones para el descuento denominado ‘Otras retenciones”, constante en la Boleta de Pago IESS. La respuesta oficial de la entidad fue: “la documentación correspondiente al numeral 12 de la sentencia pertenece a un movimiento político y no forman (sic) parte de los documentos oficiales emitidos por el IESS, por lo que existe imposibilidad dar cumplimiento (sic) al requerimiento”.

Luego de varios incidentes judiciales y sin la entrega de la información, se presume que los documentos originales están extraviados, ya que el 13 de abril de 2018, el director general del IESS presentó en la Fiscalía una denuncia por hurto de documentos públicos “en vista de que la directora nacional de servicios corporativos indicó que las autorizaciones para los descuentos del IESS no se encuentran en originales en la dependencia a su cargo”.

Ante este escenario, la CC aceptó la acción de incumplimiento de acceso a la información y pide a los directivos del IESS que sancione a los funcionarios que se negaron a entregar la información, y que en un plazo de 60 días informe detalladamente de estas sanciones administrativas, que pueden ir desde multas hasta destitución de los cargos.

La concusión está definida en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Allí se establece que la cometen los servidores públicos y las personas “que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, sus agentes o dependientes oficiales que, abusando de su cargo o funciones, por sí o por medio de terceros, ordenen o exijan la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas, sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.

El artículo 281 también determina que, si la concusión se realiza mediante violencias o amenazas, el servidor público será sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Este delito de corrupción no prescribe, según el artículo 75 del COIP. (El Comercio)

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