Con base en los elementos de prueba presentados por Fiscalía, Tribunal de Garantías Penales de Riobamba –por voto de mayoría– declaró la culpabilidad de Juan Carlos R. V. como autor director del delito de homicidio –en grado de tentativa– y lo sentenció a una pena privativa de libertad de seis años y ocho meses.
Además, deberá pagar 3.000 dólares como reparación integral a favor de la víctima.
El Fiscal de Personas y Garantías a cargo del caso demostró la materialidad de la infracción y la responsabilidad del ya sentenciado con: el informe médico-legal practicado a la víctima, copias certificadas de la historia clínica, el reporte de gestión de incidentes levantado por el ECU 9-1-1, audios de llamadas de auxilio, testimonios de peritos, del agente policial aprehensor, de la víctima y de un testigo presencial. A esto se sumaron la pericia de entorno social y de microscopía electrónica de barrido, que determinó la existencia de residuos de disparo en las prendas de vestir del imputado, entre otras pruebas.
Contexto
Los hechos habrían ocurrido el lunes 20 de junio de 2022 en las calles Brasil y Luis Falconí del cantón Riobamba. En medio de las manifestaciones, Juan Carlos R. V. disparó en el tórax a Santiago P., provocándole lesiones, por lo que fue trasladado hasta el Hospital General del IESS de esa ciudad.
La víctima aún tiene el proyectil en su cuerpo.
Información jurídica
El delito de homicidio está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 39, que tipifica el grado de tentativa.