La Corte Constitucional emitió un fallo a favor de la consulta popular que busca preservar el petróleo del bloque 43 en el Yasuní. Los miembros del Colectivo Yasunidos han sido reconocidos como legítimos solicitantes de la consulta, y la Corte ha verificado que tanto la pregunta como los considerandos cumplen con las normas establecidas.
En caso de que la consulta resulte favorable, se podría detener la explotación del petróleo en el bloque. La Corte también ha destacado que los contratos de preventa petrolera presentan riesgos, y que la producción excedente de petróleo no justifica la explotación del bloque en cuestión.
En caso de que la consulta tenga un resultado positivo, se deberá otorgar un plazo máximo de un año para su implementación, comenzando a partir de la notificación de los resultados. Este fallo de la Corte Constitucional representa una victoria para aquellos que luchan por la protección del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales.
Los jueces constitucionales Carmen Corral Ponce y Enrique Herrería Bonnet presentaron su voto salvado explicando que si la consulta popular se hubiera dado hace 10 años habría pasado el control constitucional, pero actualmente les preocupa que existen cerca de 900 contratos y que el bloque 43 es el cuarto bloque que más aporta a la producción nacional.
El juez constitucional Richard Ortiz Ortiz, formuló su voto salvado bajo otras consideraciones y la jueza constitucional Teresa Nuques Martínez no estuvo presente haciendo uso de una licencia.