Expertos en aviación civil se pronuncian sobre proyecto de Ley de Control del Espacio Aéreo 

Mar 13, 2024

Para continuar el tratamiento del proyecto de Ley de Control del Espacio Aéreo, la Comisión de Seguridad Integral recibió a Cecilia Valencia y Franz Muñoz de la Dirección General de Aviación Civil (DAC) y a Juan Soto, delegado de la Dirección de Navegación Aérea.

Cecilia Valencia resaltó la importancia de que Ecuador cuente con una normativa que permita mejorar el sistema de vigilancia, repotenciar los sistemas de comunicación y detección las actividades ilícitas y capacitar al personal para el control aéreo en áreas de riesgo.

De su lado, Juan Soto puso en discusión el punto de vista técnico sobre los artículos 16 y 17 de esta normativa, argumentando que no existe una definición, ni una diferenciación precisa sobre lo que son los espacios aéreos no controlados y los espacios aéreos controlados, en los que actuará la aviación civil.

Respecto a esto, Franz Muñoz destacó que el artículo 16 de este proyecto, referente a las competencias de la DAC, menciona que actuarán técnica y operativamente en los espacios aéreos controlados del territorio nacional, pero no define con claridad este territorio de acción y tampoco establece funciones específicas para el organismo.

“Es fundamental determinar claramente las competencias de la DAC, específicamente sobre el derribo de ingenios aeronáuticos por motivo de seguridad nacional, en lugar de asignarlas de manera general, como lo establece el articulado actual”, señaló.

Sobre el artículo 17, que faculta a la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) otorgar certificados de operación a aeródromos y helipuertos en espacios aéreos no controlados del Ecuador, el delegado expresó que, “se contraviene lo establecido en el articulo 2 de la Codificación de la Ley de Aviación Civil, al asignarle una competencia exclusiva de la DAC, a la FAE”.

Al concluir la sesión, los comparecientes acordaron que esta herramienta legal permitirá coordinar actividades de control aéreo entre la Dirección General de Aviación Civil y la Fuerza Aérea Ecuatoriana, así como fortalecer la seguridad nacional, siempre y cuando se evite el cruce de competencias previamente determinadas en otras normativas.



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