Wesli Roberto C. E. sí es responsable de delito de secuestro extorsivo.
Tras haber concedido el recurso de apelación planteado por Fiscalía, la Corte Provincial de Justicia de Pichincha resolvió sentenciar al procesado con base en el artículo 162, numeral 9, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), considerando las circunstancias agravantes del artículo 45, numeral 5, del mismo cuerpo legal. La norma establece una pena privativa de la libertad de diecisiete años y cuatro meses.
En la audiencia de apelación, Fiscalía fundamentó que la sentencia de primera instancia –que ratificó el estado de inocencia de Wesli Roberto C. E.– tuvo falta de motivación, al no haberse considerado los testimonios de los agentes de la Unidad Antisecuestro y Extorsión (Unase) de la Policía Nacional.
Los uniformados testificaron que el procesado acompañó a Eduardo F. –también sentenciado por este caso– cuando la madre de la víctima le entregó a este último, 500 dólares, cumpliendo parte de la exigencia de los captores.
Los jueces de la Corte, hicieron una nueva valoración de esa prueba y resolvieron que Wesli Roberto C. E. sí formó parte del grupo de personas que cometió el secuestro extorsivo, el 18 de noviembre de 2021 en el sur de Quito.
Esa fecha, un grupo de personas secuestró a la víctima y lo trasladó al inmueble de Eduardo F. en el sector de Playa Chica, en el valle de Los Chillos.
Según Fiscalía, en el lugar, el joven fue golpeado y torturado con electricidad. Los captures exigían a los familiares 18.500 dólares a cambio de su liberación.
Con la condena de Wesli Roberto C. E. ya son cuatro los sentenciados por este hecho.
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