Los ecuatorianos residentes en Canadá podrán mantener sus beneficios adquiridos en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), gracias al convenio firmado este lunes 24 de junio de 2024 en el Palacio de Najas, Quito, entre la canciller ecuatoriana Gabriela Sommerfeld, el titular del IESS, Eduardo Peña, y el embajador canadiense Stephen Potter.
El beneficio también aplicará a la comunidad canadiense residente en Ecuador, para acogerse a beneficios como pensiones de vejez, exportación de prestaciones y la posibilidad de mantener sus aportes mensuales en el país donde residan. Según cifras de la Cancillería, existen más de 25.000 ecuatorianos residentes en Canadá.
Eduardo Peña, presidente del Consejo Directivo del IESS, explicó que si una persona tiene 10 años de aportes en Ecuador y emigra a Canadá para sumar otros 20 años a la seguridad social de ese país, podrá acogerse a la jubilación por la suma de las cuotas en los dos países. Este acuerdo también se extenderá a otros ámbitos como servicios funerarios, orfandad o viudez.
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“La firma y adopción de este Convenio beneficiará a la comunidad ecuatoriana residente en Canadá, que bordea las 25.000 personas, así como a los ciudadanos canadienses que habitan en el Ecuador. Gracias a este esfuerzo conjunto entre el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, la Embajada del Ecuador en Canadá, las Subsecretarías de esta Cancillería y el Departamento de Empleo, Desarrollo Social y la Cancillería canadiense, se hace realidad, a partir de hoy, el reconocimiento de los años de trabajo y de aportes de los ciudadanos de ambos países”, resaltó la canciller Sommerfeld.
El convenio no es nuevo para Ecuador. Estos beneficios en seguridad social están presentes en países como Argentina, Perú, Colombia, Chile, España, República Dominicana y Venezuela. De hecho, la Cancillería indicó que se plantea este mismo acuerdo en otros países con gran número de ecuatorianos residentes, como Italia.
Estos son los beneficios que tendrá la comunidad ecuatoriana aportante:
- Derecho a pensiones de vejez, invalidez o muerte.
- Derecho a la exportación de prestaciones.
- Posibilidad de mantener sus aportes previsionales en el país de su residencia o en el país donde laboran.
- Totalización de aportes, sumando los períodos acumulados en ambos Estados Contratantes.
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