Calificar a grupos terroristas como beligerantes es un ‘desacierto’ a la luz del derecho internacional público

Ene 12, 2024

El jurista y especialista en Derecho Constitucional, Gonzalo Muñoz, expresó sus preocupaciones sobre la designación de 22 organizaciones delictivas como terroristas y actores no estatales beligerantes.

Pese a que considera como adecuada la declaratoria del conflicto armada interno para neutralizar a quienes han declarado la guerra al Estado, dice que calificar a los grupos como beligerantes es un «desacierto» a la luz del derecho internacional público, porque otorgarles este estatus implica reconocerles ciertos derechos al amparo del derecho internacional, derechos que no tendrían si fueran considerados simplemente como terroristas.


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El especialista señaló que, para ser reconocidos como beligerantes, estos grupos deberían cumplir con ciertas características, como una organización jerarquizada con un mando claro y tener un control absoluto no parcial del territorio, requisitos que, según él, estas organizaciones no cumplen.

Por otro lado, advirtió sobre posibles implicaciones legales y diplomáticas de considerar a estos grupos como beligerantes, sugiriendo que esto podría generar conflictos con organizaciones de derechos humanos. Destacó que esta designación podría permitir a los grupos acudir a instancias internacionales para reclamar el respeto de sus derechos, lo cual sería más problemático que si fueran considerados simplemente como terroristas.



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