CAL remite al Comité de Ética denuncia contra la asambleísta Nuria Butiñá

Ago 22, 2025

Con el respaldo de 6 de sus miembros, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) admitió a trámite y remitió al Comité de Ética de la Asamblea Nacional, la denuncia realizada por Mishel Mancheno Dávila, primera vicepresidenta de la legislatura, contra la legisladora Nuria Butiñá Martínez, para iniciar la investigación por presuntos hechos contrarios a los principios éticos y normativos que rigen la Función Legislativa.

Una vez analizado el informe de la Unidad de Técnica Legislativa (UTL), se determinó el cumplimiento de requisitos legales; firmas de respaldo; exposición de hechos y prohibiciones en las que habría incurrido la denunciada; prueba testimonial y documental, entre otros, para la admisión de la denuncia.

En el documento ingresado a la Secretaría General de la Asamblea Nacional el pasado 21 de agosto, Mancheno recogió las declaraciones del ex asesor de la asambleísta Butiñá, sobre la presunta solicitud de una parte de su remuneración mensual y la modificación de una declaración juramentada con fecha retroactiva, entre otros hechos contrapuestos al artículo 127, numeral 4, de la Constitución de la República y al artículo 163 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), sobre la prohibición de gestionar o recibir aportes económicos indebidos en el ejercicio de sus funciones.

Niels Olsen, presidente del Primer Poder del Estado, señaló que, “los cobros indebidos, la corrupción y el hostigamiento no tienen cabida en la Asamblea Nacional”. Además reafirmó su compromiso con hacer del Parlamento un espacio basado en la ética, la transparencia y el respeto a sus trabajadores. “No toleraremos el uso del poder para el enriquecimiento personal”, concluyó.

Mientras que, la asambleísta Mishel Mancheno, en su calidad de denunciante, evocó el principio constitucional de imparcialidad y se abstuvo en la votación de la moción presentada por la asambleísta Sade Fritschi. Previamente sostuvo que, “no se puede inobservar ni dejar pasar actos reprochables que perjudican al bien común y a la Asamblea Nacional”.

Por último, se detalló que, según los artículos 162 y 163 de la LOFL, los presumibles actos de la asambleísta Butiñá se contrapondrían a su deber de actuar con probidad, trabajar con honestidad, servir con vocación y abstenerse de percibir fondos públicos, cuotas o aportes indebidos de su equipo de trabajo.



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