En medio de la controversia generada por la suspensión de varios artículos de leyes enviadas con carácter de urgencia por el presidente Daniel Noboa, el abogado constitucionalista José Chalco aclaró que la Corte Constitucional no ha tumbado ninguna ley, sino que ha aplicado una medida cautelar con base en su facultad constitucional.
“Aquí no se ha eliminado, no ha perdido vigencia ninguna ley del Estado. Simplemente existe una suspensión provisional, que significa una suerte de medida cautelar hasta que se examine la denuncia de inconstitucionalidad”, explicó Chalco durante su intervención en Teleamazonas.
Chalco insistió en que esta medida no implica una declaración de inconstitucionalidad, sino que responde a la existencia de indicios de posibles vulneraciones a la Constitución, como parte del proceso de revisión judicial.
Entre los artículos suspendidos están:
- La disposición que obligaba a ciertas cooperativas a transformarse en bancos.
- Doce artículos de la Ley de Inteligencia, que incluían:
- Interceptaciones de comunicaciones sin orden judicial.
- Uso de identidades dobles para agentes de inteligencia.
- Manejo especial de gastos reservados.
- Facultades al contralor para destruir información.
Chalco, sin embargo, cuestionó que la Corte no haya suspendido también la derogatoria de normas anteriores como las de la Ley de Seguridad del Estado, lo que deja un vacío legal en temas sensibles como la interceptación legal con orden judicial
Para Chalco, es equivocado interpretar la decisión como un ataque político al Ejecutivo:
“No cabe que esto se quiera montar como discurso político. Es un tema estrictamente jurídico. La Corte actúa conforme a sus atribuciones”, recalcó.
En otro orden, Chalco analizó las siete preguntas anunciadas por el presidente Noboa para una eventual consulta popular y concluyó que al menos cinco podrían ser viables, aunque varias aún deben aclararse jurídicamente.
- Vía enmienda: reducción de asambleístas, contratación por horas en turismo, regreso de casinos.
- Con dificultades: eliminación del Consejo de Participación Ciudadana (requiere reforma, no enmienda).
- En trámite o indefinidas: eliminación del fondo partidista, juicio político a jueces de la Corte.
“No es sano eliminar el Consejo de Participación vía enmienda. La Corte ya dijo que ese cambio debe ser por reforma constitucional”, subrayó.
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