Con base en el informe elaborado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, el Pleno de la Asamblea Nacional archivó, con 79 votos, el proyecto de Ley Orgánica de Seguimiento, Cooperación e Implementación de las Obligaciones del Estado Ecuatoriano en materia de Derechos Humanos.
En el documento se considera que “la obligación de cumplir con los derechos humanos (DDHH) y los tratados internacionales ratificados en la materia está plenamente reconocida en los artículos 11, 417, 424 y 425 de la Constitución de la República”, por lo que aprobar este proyecto generaría duplicidad normativa.
“Este proyecto de ley tiene un estándar de soft law, o derecho blando, por lo que vincula solo al Estado Ecuatoriano y no genera responsabilidad internacional si se incumple. Las normas derivadas del soft law, en la generalidad, no crean obligaciones jurídicas”, dijo el asambleísta Keevin Gallardo, ponente de este informe.
Por otro lado, los legisladores César Palacios y Nuria Butiña mostraron su desacuerdo con el archivo y coincidieron en la necesidad de que el Ecuador cuente con una norma jurídica que asegure el cumplimiento de observaciones jurídicas internacionales en materia de derechos humanos y protección de víctimas.
“De 32 sentencias de la Corte Interamericana de DDHH concernientes al Ecuador, 23 se han cumplido de forma parcial y 9 no han sido cumplidas, como en el Caso Consuelo Benavides”, destacó Palacios.
Por último, Gallardo, proponente del archivo, ratificó que el texto constitucional ecuatoriano consagra el principio de respeto a los tratados de derechos humanos, cuando estos reconozcan derechos más favorables. “En tal sentido, existe una relación directa y vinculante entre la Constitución y estos tratados”, dijo.
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