El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó una reforma legal que establece un plazo máximo de un año para la prisión preventiva, medida cautelar que hasta ahora no tenía un límite uniforme en la normativa ecuatoriana.
La modificación fue incluida en el informe para segundo debate del proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que fue aprobado con 81 votos a favor. La reforma señala que, en caso de que no exista sentencia dentro del plazo de un año desde que se dictó la prisión preventiva, la persona procesada deberá ser puesta en libertad inmediata.
Este cambio busca garantizar el respeto al principio de presunción de inocencia y evitar que los ciudadanos permanezcan privados de libertad indefinidamente sin sentencia. La norma también dispone que los jueces deberán controlar de forma estricta los tiempos procesales y justificar cualquier demora en el avance de los casos.
La presidenta de la Comisión de Justicia, Gina Godoy, explicó que la reforma responde a observaciones de organismos nacionales e internacionales sobre el uso excesivo de la prisión preventiva en el país. Según datos presentados durante el debate, una parte considerable de la población carcelaria en Ecuador se encuentra detenida sin haber recibido una sentencia.
Además, los legisladores señalaron que esta medida contribuirá a descongestionar el sistema penitenciario, actualmente en crisis por el hacinamiento y la violencia carcelaria.
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