El Código de la Niñez y Adolescencia fue aprobado en 2003, está vigente aún. Continúa siendo un pilar normativo para proteger los derechos de la niñez y adolescencia en el Ecuador. Luego de más de 20 años no ha sido objeto de cambios o reformas sustanciales. El Congreso que lo aprobó mayoritariamente tuvo una composición política muy diversa: PSC, Izquierda Democrática, Democracia Cristiana, PRIAN, PRE, entre otros. Le antecedieron dos hechos fundamentales: la ratificación de la Convención de los Derechos del Niño en 1990 y la Constitución de 1998 que por primera ocasión otorgó rango constitucional a los derechos de niños, niñas y adolescentes y eliminó la minoría de edad como requisito de ciudadanía. El proceso de aprobación fue esencialmente social y político. La ciudadanía fue informada y el debate político fue altamente pedagógico por los cambios que incorporó. Muchos diálogos, mucha información transparente, un relato articulado para todos los actores. Lección aprendida: los cambios en la legislación de niñez requieren un alto respaldo público y un proceso sistemático de información ciudadana. Esta ley precursora bastó para que en 2004 se tipifiquen en el Código Penal los delitos sexuales contra menores de edad.
Una nueva reforma se impulsa desde 2017, luego del dramático caso Ampetra, referido a la violencia sexual en establecimientos educativos. La Comisión Legislativa Ocasional sobre este caso, dispuso una profunda reforma al Código del 2003 en materias relativas a las violencias, entre ellas la violencia sexual. Reformas que no pudieron llegar a un debate educativo y social, se quedaron en el encierro legislativo, en la actual Comisión Permanente de Niñez y Adolescencia. El segundo debate alcanzó 45 votos positivos y más de 60 abstenciones. Obviamente las bancadas no tenían ningún acuerdo político y tampoco consenso.
Una campaña de noticias falsas deliberada acaparó la opinión pública: se desacreditó la reforma y además se la tildó de “correista”. Destaco las siguientes: adopción por parte de parejas del mismo sexo (falso por Constitución la adopción se admite sólo para parejas heterosexuales), no se reconoce el respeto a la vida desde la concepción (falso la Constitución es taxativa al respecto) y se quiere “cambiar de sexo a los niños y niñas” (falso la propuesta legislativa prohíbe estas prácticas).
Cuáles son las problemáticas que incorpora: 1. Reconoce nuevos tipos de violencias que afectan a la niñez y adolescencia; 2. El reclutamiento forzado por parte del crimen organizado siempre será coercitivo; 3. Sube la edad penal a 14 años; 4. Reconoce los derechos sexuales y reproductivos de las y los adolescentes; 5. Integra la tenencia compartida; 6. Suspende la patria potestad por violencia sexual y ausencia de los padres; 7. Reitera la prohibición de la adopción del que está por nacer; 8. Apegada a las sentencias de la Corte Constitucional integra la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación; 8. En este sentido, conforme a la Sentencia de la Corte Constitucional 95-18-EP/2024, reconoce que la identidad no sólo es el derecho al nombre y la nacionalidad, sino también hace referencia a la identidad de género (éste es el tema más controversial de la reforma y que llamó la atención de legisladores y medios de comunicación y organizaciones relacionadas con varias expresiones de religiosas en el país).
En este último campo reconoce, conforme lo hace la Corte Constitucional, que la autonomía para la niñez y adolescencia es un bien y un derecho a proteger.
Por segunda ocasión, en segundo debate no hubo los votos. Tampoco se archivó el proyecto. Lo que implica que volverá a la Comisión Legislativa Permanente de Niñez y Adolescencia para una nueva propuesta. Tal cual ocurrió en 2021, se quedó en el limbo!, lecciones: mucho diálogo interno técnico y doctrinario, poco diálogo político, una ley casi reglamentaria que llega a los 800 artículos, ningún diálogo social sostenido y poca demanda social no especializada.
Un desencuentro nuevamente; entre la niñez y el Legislativo, agendas explícitas de partidos sobre el incremento de penas para adolescentes por crímenes mayores, lanzadas durante la campaña electoral; y, lo más grave que amplios sectores del país, representados en el Legislativo, ya sea a título personal o título partidario, no están dispuestos a reconocer la gravedad de problemas que han cambiado la situación de la niñez y adolescencia en estos 20 años.
He acompañado las reformas legales de niñez y adolescencia en los últimos 30 años. Una ley que asegure los derechos requiere alto consenso social y político, debe ser un factor de cohesión social, nunca un factor de polarización y menos un peligro para las familias; lo cual no obsta para que prohíba el castigo corporal de niños y niñas. Padres e hijos se deben respeto. Se impone un debate serio e informado, sostenido y productivo porque los niños son sujetos de derechos y le hacen bien a la democracia.
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