Ley asegura estabilidad laboral para personas con discapacida

May 6, 2025

La Asamblea Nacional del Ecuador aprobó la Ley Orgánica Reformatoria a Diversos Cuerpos Legales para Garantizar los Derechos Laborales de las Personas con Discapacidad, Enfermedades Raras, Huérfanas, Catastróficas y de Alta Complejidad y sus Sustitutos, conocida como Ley 59. Esta legislación busca fortalecer la estabilidad laboral y proteger los derechos de los servidores públicos y trabajadores del sector privado que enfrentan condiciones de salud vulnerables.

La normativa establece que los servidores públicos con discapacidad o diagnosticados con enfermedades graves, así como sus sustitutos, no podrán ser desvinculados de sus puestos de trabajo debido a su condición médica. En caso de despido por esta causa, la terminación de la relación laboral será considerada ineficaz, y el trabajador deberá ser reintegrado con todos sus derechos adquiridos, independientemente de su tipo de contrato.

Además, la ley prohíbe cualquier forma de acoso laboral motivado por discapacidad o enfermedades graves, incluyendo conductas de hostigamiento, intimidación, humillación, desprecio o amenaza. Los contratos ocasionales y nombramientos provisionales no podrán ser terminados de manera unilateral, salvo en casos justificados por la ley. En procesos de supresión de puestos o reestructuración institucional, las personas con estas condiciones tendrán derecho a ser reubicadas en puestos de igual jerarquía.

La legisladora Johanna Ortiz, ponente del informe y una de las proponentes de la ley, destacó que esta iniciativa es una respuesta a las injusticias que enfrentan las personas con doble vulnerabilidad. “No es un acto de solidaridad, ni una concesión especial, es una deuda de justicia con aquellos servidores públicos y trabajadores del sector privado que, además de luchar cada día con enfermedades que desafían sus cuerpos, se enfrentan a la amenaza de perder sus empleos, a la discriminación y al abandono institucional”, afirmó Ortiz.

La Ley 59 también garantiza que los servidores públicos con discapacidad o enfermedades graves tendrán derecho a licencias médicas remuneradas por el tiempo necesario para su tratamiento, conforme a la certificación médica pertinente. Estas ausencias no podrán ser descontadas de su remuneración ni de sus vacaciones.

Con la aprobación de esta ley, Ecuador da un paso significativo hacia la inclusión y protección de los derechos laborales de las personas con condiciones de salud vulnerables, promoviendo un entorno laboral más justo y equitativo.



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