Ya no te multarán por pasarte 5 km/h: ANT revela nuevo reglamento de tránsito

Abr 25, 2025

Un cambio importante acaba de entrar en vigor en las carreteras del país: la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) emitió un nuevo reglamento que modifica cómo se sanciona el exceso de velocidad en Ecuador y da un margen de gracia antes de aplicar multas.

La normativa, emitida el 21 de febrero de 2025, establece que los conductores no serán multados inmediatamente si superan por poco el límite de velocidad. Esto responde a miles de reclamos por las llamadas “multas fantasmas” generadas por radares mal calibrados o inactivos en ciudades como Guayaquil, Santa Elena, Latacunga y Manta.

¿Cuál es el nuevo margen de tolerancia?

  • Radar fijo: multa desde los +5 km/h del límite.
  • Radar móvil: multa desde los +7 km/h del límite.

Ejemplos claros:

  • Si vas a 55 km/h en zona urbana (límite 50 km/h) y el radar es fijo, no te multan.
  • En una perimetral con límite de 90 km/h, puedes ir hasta 96 o 98 km/h según el tipo de radar, sin sanción.

¿Por qué este cambio?

La ANT dice que la tolerancia busca evitar sanciones injustas provocadas por errores de medición de los radares. Además, todos los dispositivos deberán ser calibrados bajo estos nuevos parámetros. Si no cuentan con certificación oficial, no podrán emitir multas.



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