Este domingo 13 de abril, los ecuatorianos asistirán a las urnas para elegir presidente/a y vicepresidente/a en esta segunda vuelta electoral. El voto es obligatorio para todos los ecuatorianos empadronados y facultativo para los jóvenes de entre 16 y 17 años, mayores de 65 años y personas con discapacidad.
Por esa razón, quienes por diversas razones no asistan a las urnas este domingo serán sujetos al pago de una multa.
Te contamos las multas, según el Código de la Democracia:
- Si no asistes, debes pagar el 10% del salario básico unificado (SBU). En Ecuador, actualmente, el salario está fijado en USD 470, así que la sanción será de USD 47. 2.0
- Las personas que no vayan a integrar las juntas receptoras del voto, estando obligados a hacerlo, serán multadas con un equivalente al 15% de una remuneración básica unificada. Es decir, USD 70,50.
- En el artículo 290 se indica que los vocales de las juntas receptoras del voto que con su decisión contribuyan a negar el voto de un elector o electora facultado o que acepten el voto de alguien impedido para sufragar serán sancionados con una multa de tres remuneraciones básicas unificadas. Es decir, USD 1.410.
- En el artículo 278 se indica que los miembros de las juntas receptoras del voto que abandonen sin justificación el cumplimiento de sus funciones hasta la terminación del escrutinio y la suscripción de los documentos electorales pertinentes recibirán una multa desde 11 hasta 20 salarios básicos unificados. Es decir, desde USD 5.170 hasta USD 9.400.
Se suma la destitución y suspensión de los derechos de participación desde seis meses hasta dos años.
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