El Consejo Nacional Electoral (CNE) recordó que los medios de comunicación, incluidos los digitales, podrán difundir encuestas y pronósticos electorales hasta el jueves 3 de abril de 2025, a las 23:59.
A partir de esa fecha, y conforme al artículo 282 del Código de la Democracia, la publicación de estos resultados estará prohibida durante los 10 días previos a la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2025.
El incumplimiento de esta norma se considera una infracción electoral y puede acarrear sanciones como la suspensión de publicidad, multas de entre 25 y 255 salarios básicos unificados, e incluso la suspensión del medio de comunicación hasta por seis meses.
Las elecciones presidenciales se llevarán a cabo el 13 de abril, con Daniel Noboa y Luisa González como candidatos. Durante la jornada, también estará prohibido el uso de teléfonos celulares en el momento de la votación, con sanciones establecidas para quienes infrinjan esta disposición.
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