Un importante fallo de la Corte Constitucional corrigió una grave omisión de la Asamblea Nacional, que en la reforma a la Ley de Salud Mental de enero de 2024, cambió en el Código Civil la palabra “demente” por “personas con trastorno mental”, afectando a muchas personas con autismo o trastornos mentales leves.
La reforma provocaba la interdicción jurídica de personas que no necesitaban perder su autonomía. Es decir, aquellos con autismo o trastornos leves podrían haber sido privados de tomar decisiones sobre su vida, como gestionar sus bienes, decidir sobre su salud o incluso sobre su vida laboral.
La Corte declaró inconstitucional los artículos impugnados, corrigiendo la ley para que personas con trastornos mentales leves ya no sean tratadas como incapaces. Además, ordenó usar el término correcto: “persona con demencia” solo para quienes realmente pierden su autonomía.
Con esta decisión unánime, la Corte reprochó a la Asamblea por no tener en cuenta las consecuencias de su reforma y por vulnerar los derechos de las personas con trastornos mentales.
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