Elecciones: No vayas a votar sin saber esto

Feb 5, 2025

Los ecuatorianos empadronados en el país y en el exterior elegiremos un Presidente y Vicepresidente, Asambleístas y Parlamentarios Andinos este domingo, 9 de febrero de 2025. 

Si aún no conoces mayor detalle de este proceso de sufragio, aquí despejaremos tus dudas. 

¿Cuántas autoridades se elegirán?

Este domingo elegiremos un Presidente/a y Vicepresidente/a de los 16 partidos y movimientos que participan en la contienda.

Los ecuatorianos deben escoger asambleístas nacionales, provinciales y del exterior. Los comicios se cumplirán el próximo domingo, 9 de febrero de 2025. 

Actualmente, la Asamblea está conformada por 137 legisladores y para este nuevo periodo aumentará a 151. 

Según el Código de la Democracia, en su artículo 150, la Legislatura se integrará de la siguiente manera: 

  1. 15 asambleístas elegidos por circunscripción nacional. 
  2. Dos asambleístas elegidos por cada provincia o distrito metropolitano, y uno más por cada 200.000 habitantes o fracción que supere los 150.000, según el último censo. En el 2022, el número de pobladores es de 17,7 millones de personas. 

A esto se suma que en las circunscripciones electorales que elijan entre ocho y 12 representantes se subdividirán a su vez en dos circunscripciones, aquellas que pasen de 13 y hasta 10 y ocho se subdividirán en tres y las que pasen de 10 y ocho lo harán en cuatro circunscripciones. 

En el caso en que una provincia cuente con un distrito metropolitano, el número de asambleístas a elegir por tal circunscripción provincial se determinará sin contar la población del distrito metropolitano.

3.Las circunscripciones especiales del exterior elegirán un total de seis asambleístas distribuidos así: dos por Europa, Oceanía y Asia, dos por Canadá y Estados Unidos y dos por Latinoamérica, el Caribe y África. 

4.Cada una de las Regiones elegirá dos representantes a la Asamblea.

Paralelo, se elegirán cinco Parlamentarios Andinos

Empadronados

Un total de 13 ‘736.314 electores están habilitados para estos comicios. Las provincias que mayor número de electores concentran son Manabí, Pichincha y Guayas. 

Multas 

Desde el viernes 7 de febrero, es decir, 36 horas antes de los comicios no se podrá vender, distribuir ni consumir bebidas alcohólicas, según el Código de la Democracia. 

Según la norma, la sanción para quien expenda o consuma bebidas alcohólicas es del 50% de una remuneración básica unificada, es decir, USD 235.

¿Qué pasa si votas en estado etílico? 

Quien se acerque a las urnas en estado etílico también deberá de pagar una multa que es de USD 235, es decir, es del 50% de una remuneración básica unificada, según el artículo 291 del Código de la Democracia. 

El voto es obligatorio para todos los ecuatorianos empadronados y facultativo para los jóvenes de entre 16 y 17 años, mayores de 65 años y personas con discapacidad.

Multa por no votar

Quienes por diversas razones no asistan a las urnas este domingo serán sujetos al pago de una multa. 

Te contamos las multas, según el Código de la Democracia:  

  1. Si no asistes, debes pagar el 10% del salario básico unificado (SBU). En Ecuador, actualmente, el salario está fijado en USD 470, así que la sanción será de USD 47. 2.0
  2. Las personas que no vayan a integrar las juntas receptoras del voto, estando obligados a hacerlo, serán multadas con un equivalente al 15% de una remuneración básica unificada. Es decir, USD 70,50.    
  3. En el artículo 290 se indica que los vocales de las juntas receptoras del voto que con su decisión contribuyan a negar el voto de un elector o electora facultado o que acepten el voto de alguien impedido para sufragar serán sancionados con una multa de tres remuneraciones básicas unificadas. Es decir, USD 1.410.  
  4. En el artículo 278 se indica que los miembros de las juntas receptoras del voto que abandonen sin justificación el cumplimiento de sus funciones hasta la terminación del escrutinio y la suscripción de los documentos electorales pertinentes recibirán una multa desde 11 hasta 20 salarios básicos unificados. Es decir, desde USD 5.170 hasta USD 9.400. 

Se suma la destitución y suspensión de los derechos de participación desde seis meses hasta dos años.

Multas para los miembros de la una junta receptora del voto

Si eres miembro de una junta receptora del voto debes leer esta nota. ¿El motivo? Te contamos las multas que puedes tener en caso de incumplimientos este domingo, 9 de febrero de 2025. 

Ese día, los ecuatorianos elegirán Presidente y Vicepresidente de la República, asambleístas nacionales, provinciales y del exterior, y parlamentarios andinos.

Te contamos las multas, según el Código de la Democracia:  

1.Miembros que no asistan a las juntas receptoras del voto  

La persona que no vayan a integrar las juntas receptoras del voto, estando obligados de hacerlo, serán multados con un equivalente al 15% de una remuneración básica unificada. Es decir, USD 70,50. 

2.Miembros que nieguen el voto a otros

En el artículo 290 se indica que los vocales de las juntas receptoras del voto que con su decisión contribuyan a negar el voto de un elector o electora facultado o que acepten el voto de alguien impedido para sufragar será sancionado con una multa de tres remuneraciones básicas unificadas. Es decir, USD 1.410. 

3.Miembros que abandonen las juntas sin justificación 

En el artículo 278 se indica que los miembros de las juntas receptoras del voto que abandonen sin justificación el cumplimiento de sus funciones hasta la terminación del escrutinio y la suscripción de los documentos electorales pertinentes recibirán una multa desde 11 hasta 20 salarios básicos unificados. Es decir, desde USD 5.170 hasta USD 9.400. 

Se suma la destitución y suspensión de los derechos de participación desde seis meses hasta dos años.

Voto en el Exterior 

Los ciudadanos ecuatorianos residentes en el exterior, incluidos los jóvenes de 16 a 18 años y los mayores de 65 años inscritos en el registro electoral, podrán ejercer su derecho al voto según el huso horario de su lugar de residencia.

Requisitos para Votar

  • Presentar cédula de identidad, pasaporte o ID Consular, vigente o caducado.
  • El cónsul o su delegado verificará la identidad y la inscripción en el padrón electoral.
  • El votante recibirá su kit electoral, marcará su voto y lo introducirá en un sobre blanco que será sellado.
  • Finalmente, firmará el padrón y recibirá su certificado de votación junto con sus documentos personales.

Puntos de Votación en el Extranjero

Europa, Asia y Oceanía:

  • Alemania: Berlín, Bonn, Hamburgo
  • Australia: Canberra, Sydney
  • Austria: Viena
  • Bélgica: Bruselas
  • Corea del Sur: Seúl
  • China: Beijing, Shanghái, Guangzhou
  • España: Palma de Mallorca, Barcelona, Madrid, Valencia, Murcia, Málaga
  • Francia: París
  • Reino Unido: Londres
  • Hungría: Budapest
  • Israel: Tel Aviv
  • Italia: Milán, Turín, Génova, Roma
  • Japón: Tokio
  • Países Bajos: La Haya
  • Suecia: Estocolmo
  • Suiza: Berna, Lausana
  • Rusia: Moscú
  • Indonesia: Yakarta
  • Turquía: Ankara

América del Norte (EE. UU. y Canadá):

  • Canadá: Toronto, Ottawa, Montreal
  • Estados Unidos: Chicago, Miami, Nueva York, Washington, Los Ángeles, Houston, Nueva Jersey, Phoenix, Atlanta

América Latina y el Caribe:

  • Argentina: Buenos Aires
  • Bolivia: La Paz
  • Brasil: Brasilia, Sao Paulo, Río de Janeiro
  • Colombia: Bogotá, Ipiales, Cali
  • Costa Rica: San José
  • Cuba: La Habana, Santa Clara
  • Chile: Santiago
  • El Salvador: San Salvador
  • Guatemala: Ciudad de Guatemala
  • Honduras: Tegucigalpa
  • México: Ciudad de México, Monterrey
  • Panamá: Ciudad de Panamá
  • Paraguay: Asunción
  • Perú: Lima, Tumbes, Piura
  • República Dominicana: Santo Domingo
  • Uruguay: Montevideo

África:

  • Egipto: El Cairo
  • Sudáfrica: Pretoria

Para obtener información detallada sobre las direcciones específicas, se recomienda visitar la página oficial del Consejo Nacional Electoral.



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