La Corte Constitucional de Ecuador anuló este viernes la llamada “Ley Antipillos”, una normativa impulsada por el presidente Daniel Noboa que había sido aprobada de manera irregular tras ser archivada por la Asamblea Nacional, de mayoría opositora. El Parlamento había argumentado que la ley, en lugar de enfocarse en combatir el lavado de dinero relacionado con el crimen organizado, introducía nuevos impuestos.
La norma, oficialmente denominada “Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos”, fue declarada inconstitucional por unanimidad de los nueve jueces del máximo tribunal del país.
La Corte determinó que el presidente no tenía facultades para promulgar y ordenar la publicación de esta ley en el Registro Oficial, calificando el procedimiento como un “vicio de inconstitucionalidad insubsanable”, lo que llevó a su expulsión del marco jurídico ecuatoriano.
Pese a ello, los magistrados subrayaron que el presidente mantiene la potestad de presentar un nuevo proyecto de ley si lo considera necesario. El proyecto original, presentado por el Gobierno el 7 de noviembre como urgente en materia económica, buscaba combatir el lavado de activos y frenar la inyección de capital ilícito en la economía del país. También proponía fortalecer la Unidad de Análisis Financiero (UAFE) y realizar reformas institucionales para mejorar los controles.
Sin embargo, la Asamblea Nacional decidió archivar la propuesta con el respaldo de varias fuerzas políticas, como el correísmo, el movimiento Construye y el Partido Social Cristiano (PSC), argumentando que la ley implicaba la creación de nuevos impuestos. La normativa ya había sido suspendida provisionalmente por la Corte el 20 de diciembre, mientras se evaluaba su legalidad.
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