Ayer, el Ejecutivo emitió un Decreto Ley relacionado con la denominada “Ley Antipillos” y lo envió al Registro Oficial para su promulgación. Este decreto corresponde al mismo proyecto urgente en materia económica, denominado “Ley para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos”, que previamente fue rechazado y archivado por la Asamblea Nacional, incluida su publicación en el Registro Oficial.
El Ministerio de Gobierno argumenta que la falta de tratamiento legislativo de la “Ley Antipillos” justifica esta acción. Según el Ejecutivo, al haberse cumplido el plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, procedieron a remitir el decreto al Registro Oficial. Sin embargo, lo hicieron sin obtener un requisito clave: la certificación de la Asamblea Nacional sobre el rechazo del proyecto.
🔵 A la ciudadanía: pic.twitter.com/4JpoRxWZdI
— Ministerio de Gobierno Ecuador (@MinGobiernoEc) December 10, 2024
La Asamblea Nacional no tardó en responder, calificando la acción como un “apagón jurídico” en Carondelet. Los legisladores aseguran que el Ejecutivo violó el artículo 140 de la Constitución. Según la Asamblea, los proyectos urgentes en materia económica deben ser aprobados o rechazados dentro de un plazo de 30 días y no requieren dos debates legislativos antes de ser negados, como ocurrió en este caso.
#Atención | Apagón jurídico en Carondelet: la Presidencia de la República emite decreto Ley de un proyecto urgente en materia económica sin cumplir con lo establecido en el Art. 140 de la Constitución de la República del Ecuador. pic.twitter.com/Qy9ymuPKx2
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) December 10, 2024
La controversia pone nuevamente en evidencia el choque de poderes entre el Ejecutivo y la Legislatura, con implicaciones que podrían marcar un precedente en la interpretación de las normas constitucionales.
Sin embargo, el Registro Oficial es una unidad dependiente de la Corte Constitucional.
Los juristas coinciden en decir que el Registro Oficial no tiene otra alternativa que promulgar la ley. De tal manera que el siguiente paso de la Asamblea Nacional sería acudir a la Corte Constitucional y plantear una acción de inconstitucionalidad por la forma.
Mientras tanto, hasta que se pronuncie la Corte la ley estará en vigencia y a los ecuatorianos se les cobrará los impuestos establecidos en la nueva ley.
LOS “ASAMBLEISTAS MAÑOSOS” QUE NO TRABAJAN PARA EL PUEBLO Y QUE CON SUS ACTITUDES ESTÁN BENEFICIANDO A PILLOS, CORRUPTOS Y MAFIOSOS, DEBEN SER URGENTEMENTE EXPULSADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL, Y SU DESTINO FINAL ENCARCELADOS POR CÓMPLICES Y ENCUBRIDORES.