Arconel actualiza compensaciones para generadores privados de energía

Nov 14, 2024

La Agencia de Regulación y Control de la Electricidad (Arconel) ha dado un paso importante al actualizar los rubros de compensación para los generadores privados de energía de más de 10 kilovatios (kW), un cambio que afectará a empresas registradas en el programa de abastecimiento privado de energía eléctrica, administrado por el Operador Nacional de Electricidad (Cenace).

A partir del martes 12 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2024, las empresas generadoras que produzcan su propia electricidad se beneficiarán de compensaciones como parte de los esfuerzos para mitigar los efectos de la crisis energética que atraviesa el país.

Los nuevos rubros de compensación buscan incentivar a los generadores privados a seguir contribuyendo al abastecimiento del sistema eléctrico nacional. Además, con la modificación de la normativa realizada el 26 de septiembre de 2024, se amplió el rango de generadores elegibles, incluyendo ahora a los generadores de al menos 10 kW, no solo aquellos superiores a 100 kW.

¿Qué se incluye en la compensación?

La reforma también amplió los recursos contemplados para la generación de energía. Antes, solo el diésel era considerado; ahora, se han incorporado gas licuado de petróleo (GLP), Fuel Oil 4 y Fuel Oil 6. Esto representa un cambio significativo para los generadores que utilizan estos recursos.

Los valores de compensación para los generadores se establecen de la siguiente manera:

  • Diésel 1 y 2:
  • 21,59 centavos de dólar por kW para generadores menores a 100 kW
  • 25,75 centavos de dólar por kW para generadores de 100 kW o más
  • Diésel Premium:
  • 24,25 centavos de dólar por kW para generadores menores a 100 kW
  • 28,40 centavos de dólar por kW para generadores de 100 kW o más
  • GLP:
  • 29,93 centavos de dólar por kW para generadores menores a 100 kW
  • 34,08 centavos de dólar por kW para generadores de 100 kW o más
  • Fuel Oil 4 y 6:
  • 14,13 centavos de dólar por kW para generadores menores a 100 kW
  • 18,28 centavos de dólar por kW para generadores de 100 kW o más


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