La paridad de género

Ago 29, 2024

Por Anabelle Chacón

La ley de paridad de género que rige en el país desde el 2023, nos deja un sin sabor porque resulta que se vuelve letra muerta en la práctica.  Aunque el espíritu de la ley es que hombres y mujeres participen en igualdad de oportunidades, esto no ocurre. En lo personal, creo que no debería existir porque se debería elegir a las personas más capacitadas para el puesto, independientemente de que sea hombre o mujer.

Si se analiza los 17 binomios presidenciales cumple con la ley de paridad en el sentido que están formados por hombre y mujer, pero lo que en verdad está ocurriendo es que 15 hombres son candidatos presidenciales y solo 2 mujeres participan para esta dignidad, lo que cual significa que la posibilidad de que una mujer sea electa, en la realidad, es solamente el 12%.  Y que conste que solamente hablo de género, no estoy analizando capacidad.

Además, el perfil de las mujeres que participan es el de una mujer joven, de preferencia que haya estado expuesta a concursos de belleza o medios de comunicación.  Por otro lado, en las convenciones se resalta la figura maternal y la lucha por sus familias.  Si bien estas cualidades no son totalmente negativas, cabe indicar que no se está eligiendo madre símbolo, ni reina de belleza, sino que se trata de elegir una autoridad que dirija, directa o indirectamente, los destinos del país.  Son pocos los casos de las mujeres de tipo académico y con experiencia profesional.

En las nominaciones de asambleístas nacionales el panorama se repite. De los 17 partidos, solamente 3 presentan a mujeres como cabeza de lista, es decir que, solamente el 18% son mujeres que encabezan la elección nacional.  Si bien las listas deberán cumplir la paridad, en la práctica, lo que ocurre es que, por la aplicación del método de Webster, entrarán más hombres que mujeres.  En las listas de asambleístas, las mujeres vuelven a tener, en general, salvo contadas excepciones, perfiles similares a los descritos; y, además, son relegadas a puestos de suplentes.

Si bien los candidatos hombres también muestran un perfil que apela al macho confrontador, eso sería tema de otro análisis.  Lo que se trata aquí de analizar es que, si bien la ley trata de garantizar la participación de la mujer en igualdad de oportunidades, en la práctica no ocurre y se ha relegado a la figura femenina a una posición decorativa de relleno.

Parecería entonces que la ley no tiene sentido y lo que se debería promover es perfiles políticos mucho más sólidos que los actuales, independientemente del género del candidato. 



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