El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MICIP) anunció que la veda para el cangrejo azul (Cardisoma crassum) y el cangrejo rojo (Ucides occidentalis) estará en vigor del 1 al 30 de septiembre de este año. Durante este período, se prohibirá la captura y el consumo de estas especies debido a su fase de muda.
De acuerdo con el Acuerdo Ministerial MPCEIP-SRP-2024-0025-A, las infracciones a esta normativa podrían resultar en multas que van de dos a diez remuneraciones básicas unificadas del trabajador (entre USD 920 y USD 4600), además de posibles penas de prisión de 15 a 60 días, o la imposición de una de estas sanciones de manera individual.
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Además del cangrejo, otras especies también tienen períodos de veda establecidos para su conservación.
Estos incluyen:
- Camarón de aguas someras: del 28 de diciembre al 30 de enero.
- Langosta: del 16 de enero al 16 de junio.
- Camarón pomada: del 15 de enero al 1 de marzo y del 1 de mayo al 30 de mayo.
- Recurso hojita: del 1 de febrero al 30 de junio.
- Peces pelágicos pequeños (sardina, pinchagua, chumumo, chuhueco): del 22 de diciembre al 4 de enero y del 17 de enero al 27 de febrero.
- Recurso pulpo: del 1 de mayo al 30 de junio.
- Dorado: del 1 de julio al 7 de octubre.
- Buques de cerco de la flota atunera: del 9 de noviembre del año anterior al 19 de enero, del 29 de julio al 8 de octubre, y del 9 de octubre al 8 de noviembre.
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