Las primarias

Ago 15, 2024

Por Anabelle Chacón

De acuerdo con el artículo 94 del Código de la Democracia, “Las candidatas o candidatos deberán ser seleccionados mediante elecciones primarias o procesos democráticos electorales internos, que garanticen la participación igualitaria entre hombres y mujeres aplicando los principios de paridad, alternabilidad, secuencialidad entre los afiliados, adherentes, militantes, simpatizantes o personas independientes; así como la igualdad en los recursos y oportunidades de candidatos y candidatas”. El calendario electoral, establecido por el CNE, señala que este proceso de debe dar entre el 3 y el 17 de agosto. Además, el mismo artículo indica que el CNE “vigilará la transparencia y legalidad de dichos procesos”.

Por otro lado, el reglamento expedido por el CNE establece en sus artículos 5, 6 y 7, los tres tipos de designación de candidatos. La primera puede ser por Elecciones Primarias Abiertas, que requieren un padrón electoral de afiliados y adherentes; Elecciones Primarias Cerradas, en las que también participan afiliados y adherentes, pero permanentes; y, Elecciones Representativas, en las que participan delegados en una convención.

De las tres formas, la que se da en la práctica es la tercera; es decir, que se reúnen un grupo de delegados y determinan los candidatos. Claro que para darle fuerza a las candidaturas los partidos políticos optan por realizar una asamblea con un número significativo de participantes.

Este método de democracia interna, debería reformarse, porque si un partido, para poder ser creado necesita el 0.01% del registro electoral, significa que debe presentar 140 mil firmas aproximadamente. ¿Cómo es posible que, con esa supuesta cantidad de adherentes, sea un pequeño grupo el que decida quién va a ser candidato porque así les faculta la ley?

Además, en el Ecuador existen 17 partidos políticos, así que podemos esperar tener 17 binomios presidenciales. Para la Asamblea se van a elegir 151, por lo tanto, se necesita presentar listas de 302 asambleístas, contando los suplentes, lo cual significa que, tranquilamente, se puede llegar a los 5,132 candidatos.

Considerando que un partido tiene 140 mil adherentes, ¿cómo es posible que no tengan cuadros suficientes para presentar sus candidatos y tengan que optar por independientes ya que la ley les faculta?

Esta es la realidad numérica de la democracia del país, donde tenemos cantidad y no calidad, donde el Código de la Democracia permite este tipo de prácticas que alejan a los partidos de una verdadera representación democrática.



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