El representante de la provincia de Cotopaxi, Arturo Ugsha presentó ante el departamento de Gestión Documental de la Asamblea Nacional el proyecto de Ley que reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y al Código Penal, a fin de unificar las sanciones que derogue el sistema de control de puntos.
El legislador explicó que se trata de precautelar los principios y derechos constitucionales a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación, así como el derecho al trabajo, por lo que es necesario unificar las sanciones que derogue por completo el sistema de control por puntos, que permita suprimir un medio de chantaje en el control del tránsito y evite la aplicación de dobles o triples sanciones por los mismos hechos.
El legislador Ugsha plantea mantener la vinculación contractual o laboral con conductores que conduzcan con licencia revocada, suspendida o anulada, o que no cumplan con los requisitos legales establecidos para la conducción de los vehículos habilitados por la operadora.
Las licencias de conducir se otorgarán a las personas que cumplan con los requisitos previstos en esta ley; se establecerán categorías de licencias, diferenciadas para los diferentes tipos de vehículo y tendrán una vigencia de cinco años.
La persona que conduzca un vehículo bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, será sancionada con treinta días de privación de libertad, además como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por veinticuatro horas.
La persona que conduzca un vehículo en estado de embriaguez será sancionada de acuerdo con la siguiente escala: Si el nivel de alcohol por litro de sangre es de 0,3 a 0,8 gramos, se aplicará multa de un salario básico unificado del trabajador en general y cinco días de privación de libertad.
Si el nivel de alcohol por litro de sangre es mayor de 0,8 hasta 1,2 gramos, se aplicará multa de dos salarios básicos unificados del trabajador en general y quince días de privación de libertad.
Si el nivel de alcohol por litro de sangre supera 1,2 gramos, se aplicará multa de tres salarios básicos unificados del trabajador en general, la suspensión de la licencia por sesenta días y treinta días de privación de libertad.
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