Caso Celu: juez dicta arresto domiciliario para Pablo Celi y prisión preventiva para Luis M. M.

Jun 26, 2024

La fiscal general, Diana Salazar, procesó penalmente al excontralor Pablo Celi y al exfuncionario de la Contraloría, Luis M. por el presunto delito de tráfico de influencias, en el denominado caso Celu.

Esta fase de investigación pública o instrucción fiscal arrancó este martes 25 de junio del 2024, durante una audiencia de formulación de cargos, en la Corte Nacional de Justicia, en el norte de Quito.

La Fiscalía dijo que «presentó los elementos de convicción, sobre la base de los cuales, formula cargos por presunto tráfico de influencias contra los exfuncionarios de la Contraloría General del Estado».

En esta diligencia, el juez del caso aceptó el pedido de la fiscal Salazar y dictó una nueva orden de arresto domiciliario para Pablo Celi, pues es una persona adulta mayor.

El exfuncionario ya mantiene esta medida de arresto domiciliario debido a una condena de 13 años de cárcel por delincuencia organizada, en el caso Las Torres. Además, Celi está procesado por presunto cohecho en el caso China Camc.

En cambio, para Luis M., el juez del caso Celu le dictó prisión preventiva. Además, ordenó la retención de cuentas y prohibición de enajenar bienes, por USD 50.000, para ambos procesados.



Investigación

En su intervención, la fiscal general del Estado, Diana Salazar Méndez, señaló que el 10 de septiembre de 2018, la Contraloría General del Estado emitió un informe de examen especial por una adenda para la asignación de una frecuencia adicional otorgada por el Estado, en favor de la Compañía CONECEL.

En dicho informe se determinó una responsabilidad civil culposa (glosa) por 111’906.514 dólares, debido a que el costo de las bandas adicionales entregadas a la referida empresa debió ser de 291’900.000 dólares y no de 180’000.000 dólares, monto que fue aprobado por las autoridades del Ministerio de Telecomunicaciones y la Agencia de Regulación y Control (Arcotel).

Tras esta decisión, la operadora CONECEL introdujo unos supuestos estudios en los que se incluían informes elaborados por tres consultoras contratadas, con base en los que Pablo C. ordenó el desvanecimiento de dicha glosa, a través del funcionario Luis M., quien canalizó los ejercicios de influencia hacia sus subalternos.

La Fiscal General agregó que uno de estos subalternos fue el analista a cargo del expediente, quien se habría negado a desvanecer esta responsabilidad civil, por lo que habría mantenido una reunión personal con Pablo C. para exponerle la ilegalidad que representaría la eliminación de esta glosa.

Sin embargo, el contralor hizo caso omiso a este criterio, afirmando que la determinación de responsabilidad en contra de CONECEL habría sido fruto “de un exceso de sus equipos auditores”, lo que demostraría el conocimiento y voluntad del procesado, respecto a estos hechos.

Más tarde, el mencionado funcionario fue trasladado a otra unidad y luego desvinculado de la Contraloría General del Estado.

Entre los elementos de convicción presentados en la audiencia de formulación de cargos, constan versiones, oficios, memorandos y el expediente de glosa que concluyó con la resolución con la que se resolvió su desvanecimiento a favor de CONECEL.

Además, se presentaron informes periciales practicados a publicaciones de la empresa telefónica, al teléfono celular de Pablo C., de extracción y materialización de los correos electrónicos de los investigados, un informe pericial de derecho administrativo, entre otros.



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