Con fecha del 28 de mayo de 2024, el presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el Decreto Ejecutivo 282, en el cual se incluye una nueva función y atribución a Inmobiliar. La entidad podrá transferir bienes a terceros para saldar deudas.
En el artículo 1 se dice: “Inclúyase como función y atribución de la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público la transferencia mediante dación de pago de la propiedad de bienes que estén a su nombre, en favor de terceros para cumplir total o parcialmente las obligaciones registradas por el Ente Rector de las Finanzas Públicas”.
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En ese marco, la entidad deberá realizar los trámites administrativos, legales y financieros para realizar la transferencia mediante dación de pago (método utilizado para el pago de deudas que consiste en la entrega de algún bien con el propósito de cumplir un pago pendiente). Esto implica que se hagan los registros públicos y privados que correspondan.
En el documento, además, se dispone que se identifiquen los bienes para realizar este proceso. Con ello se determinará la factibilidad para saldar de forma parcial o total las obligaciones registradas. El inventario —según la disposición transitoria— se debe realizar en un plazo de 60 días.
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