Por primera ocasión, la Comisión de Régimen Económico evaluará la aplicación de la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública, publicada en el Registro Oficial Suplemento, N.º 395, del 4 de agosto 2008 y sus reformas.
El Plan de Evaluación, elaborado en conjunto con la Unidad de Técnica Legislativa, tiene como objetivo verificar el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Contratación Pública, la aplicación y regulación de los procedimientos de contratación pública que garantice un accionar transparente y eficiente, mediante mecanismos adecuados de control y sanción por parte de los organismos de control.
Además, establecer si las instituciones públicas han podido satisfacer sus requerimientos de productos o servicios; falencias y mejoras de las modalidades de contratación; y, determinar las falencias del sistema, respecto a la adquisición de medicinas y otros insumos médicos.
En el plan de trabajo, la mesa legislativa justificó que esta normativa es una ley transversal de obligatorio cumplimiento para todas las instituciones públicas; por tanto, en cumplimiento de la Agenda Parlamentaria 2023-2025 ha visto la necesidad de iniciar el proceso de evaluación de la Ley, previo a aprobar una reforma que responda a las dificultades y realidad del Sistema Nacional de Contratación Pública.
El tiempo estimado de evaluación será de seis meses, a la par con el trámite de las reformas a la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Aspectos de la evaluación
Los temas de evaluación se clasifican en cuatro grupos: 1) Aplicación de las atribuciones y disposiciones de las instituciones públicas, referente al alcance de los procedimientos de contratación pública, así como la simplificación y/o eliminación de varios procedimientos vigentes. 2) Funcionalidad y calidad de los productos, en consideración que la calidad en ciertos casos suele ser deficiente y el contratante no tiene más opción que iniciar el proceso por catálogo electrónico. 3) Rol de la Contraloría General del Estado respecto del informe de pertinencia y favorabilidad en la fase precontractual. 4) Accionar del ente rector de compras públicas sobre el control y aplicación del régimen sancionatorio en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
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