En la sesión N.º 33, la Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana, analizó la objeción parcial por inconstitucionalidad y por inconveniencia presentada por el presidente de la República, Daniel Noboa Azin, al proyecto de Ley de Cooperación entre el Estado Ecuatoriano y la Corte Penal Internacional.
La mesa legislativa inició el estudio del informe no vinculante sobre la objeción del Ejecuivo, en el que se propone una modificación al artículo 5 del proyecto para aclarar y evitar confusiones, referente a los delitos sujetos al principio de cosa juzgada según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Si bien el proyecto de ley desarrolla los principios que regirán la cooperación entre el Estado ecuatoriano y la Corte Penal Internacional, es necesario considerar que el principio de “Cosa juzgada”, tal como se establece en el artículo 5, numeral 5 del proyecto de ley, hace referencia a los delitos indicados en el artículo 70 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
La legisladora María Fernanda Jiménez presentó una moción de aprobación del informe no vinculante, la cual fue aprobada con 8 votos afirmativos.
Por tanto, con carácter no vinculante, se recomienda al Pleno de la Asamblea Nacional el allanamiento a la propuesta del Ejecutivo respecto al artículo 5 y la asambleísta Raisa Corral Álava, vicepresidenta de la comisión será la ponente del presente informe.
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