La Comisión de Garantías Constitucionales recibió las observaciones de tres expertos en derecho constitucional, respecto al proyecto de reformas a la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, previo al informe para primer debate.
Precedentes jurisprudencialesJaime Coello, juez de primer nivel de la provincia de Manabí, mencionó que varios aspectos de las ocho propuestas de reforma ya constan en el Reglamento de Sustanciación de Procesos de la Corte Constitucional.
También analizó los temas de modulación de los efectos de las sentencias, creación del expediente electrónico, competencia, incorporación de precedentes jurisprudenciales, error inexcusable, manifiesta negligencia, legitimación activa, comparecencia de terceros y actividad probatoria en la primera instancia.Con relación a las medidas cautelares, dijo que la propuesta se contrapone al carácter de autónomas. Exigir que estén sujetas al contenido de una acción de conocimiento es desconocer el carácter autónomo que se resalta, añadió.
Acciones de protección
El abogado Carlos Fierro Astudillo, experto constitucional, aseguró que sí existen varias falencias, por lo que se requiere reformar la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Reflexionó sobre las acciones de protección presentadas para garantizar los derechos en el campo de la salud.
Entre tanto, el experto Jorge Haz Armas recordó el mandato constitucional sobre las garantías, así como la presentación de una acción de protección cuando existe la vulneración de un derecho.
Con relación al hábeas corpus dijo que la reforma es reiterativa con el pronunciamiento de la Corte Constitucional.
La legisladora Jhajaira Urresta consultó si es pertinente la propuesta de la creación de juzgados especializados en garantías constitucionales. Paúl Buestán reflexionó sobre las acciones de protección, que todas son aceptadas por los jueces.
Paola Cabezas, presidenta de la comisión, recordó los abusos con el uso de las acciones de protección y consultó sobre el alcance de la regulación, respecto al error inexcusable y manifiesta negligencia.
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