El 7 de febrero de 2024, la Corte Constitucional de Ecuador respondió afirmativamente al pedido de Paola Roldán para despenalizar la eutanasia en el país, instruyendo al Ministerio de Salud a expedir un reglamento que regule el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria, basándose en criterios técnicos. Este reglamento estará en vigencia hasta que se apruebe la ley respectiva, cuyo proyecto se encuentra en manos de la Defensoría del Pueblo.
En respuesta a esta disposición, el Ministerio de Salud está trabajando en la elaboración del documento, comprometiéndose a tenerlo listo para el 7 de abril de 2024, fecha límite establecida por la Corte Constitucional. Además, se espera que se logren avances significativos en el desarrollo del reglamento durante esta semana.
El reglamento abordará temas fundamentales relacionados con los fármacos autorizados para la eutanasia, los establecimientos de salud habilitados para llevar a cabo el procedimiento y los profesionales médicos autorizados para realizarlo.
Una vez en vigor, el documento permitirá a los pacientes solicitar la eutanasia, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Corte Constitucional, que incluyen el consentimiento inequívoco, libre e informado del paciente o su representante, así como la presencia de un intenso sufrimiento debido a una lesión corporal grave e irreversible o a una enfermedad grave e incurable.
Es importante recordar que, según el dictamen de la Corte Constitucional, los médicos que practiquen la eutanasia no serán sancionados según el artículo 144 del Código Integral Penal.
En paralelo, la Defensoría del Pueblo está avanzando en la elaboración del proyecto de ley para la aplicación de la eutanasia, estableciendo plazos para presentar el documento en la Asamblea en agosto de 2024. Hasta el momento, se ha elaborado un primer borrador que está siendo revisado por funcionarios de la Defensoría, y se espera tener un segundo borrador listo para finales de marzo. Se estima que con el progreso actual del proyecto, la Defensoría pueda presentarlo antes de que venza la fecha límite establecida por la Corte Constitucional.
0 comentarios