La Comisión de Régimen Económico, con ocho votos, aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Delitos, con sustento en la moción presentada por la asambleísta Nathaly Farinango.
El proyecto tiene por objeto prevenir, detectar y combatir el delito de lavado de activos, sus delitos precedentes, el delito de la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Con relación a la institucionalidad, se crea el Consejo Nacional de Coordinación contra el Lavado de Activos y sus Delitos Precedentes, la Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva denominado CONCLAFT, con personería jurídica de derecho público y cuya representación legal estará a cargo del Ministro de Economía y Finanzas.
Para establecer medidas de prevención de lavado de activos, se determinan los sujetos obligados financieros, entre ello, las entidades públicas y privadas que conforman el sistema financiero nacional y de la economía popular y solidaria; las entidades que participen del Sistema Nacional de Pagos; las entidades no financieras que concedan créditos sobre los límites establecidos por la Junta de Política y Regulación Financiera.
Entre tanto, los sujetos no financieros obligados son las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la inversión e intermediación inmobiliaria y a la construcción; las organizaciones políticas reconocidas por el Consejo Nacional Electoral; el Mando Militar de las Fuerzas Armadas y el Alto Mando Policial en servicio activo; directores de los centros de rehabilitación social y guías penitenciarios con rango de jefatura; quienes se dediquen a la comercialización de vehículos, maquinaria, embarcaciones, naves, aeronaves y repuestos automotrices; empresas públicas, privadas, mixtas, nacionales y extranjeras que se dediquen a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables, entre otros.
El propuesta acoge las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que son estándares internacionales para combatir el lavado de activos.
El proyecto contiene 88 artículos, 2 disposiciones generales, 4 transitorias, 2 reformatorias, 1 derogatoria y 1 final.
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