El resquicio

Ene 29, 2024

Roberto López

Por Roberto López El Decreto 111 que declara el ‘Estado de guerra’ constituye una hábil jugada política al crear un resquicio por el cual el Gobierno pudo ‘meter la cabeza’ excluyendo la intervención de las otras funciones, pues el Estado de Guerra no requiere el permiso de la Corte ni de la Asamblea por no […]

Por Roberto López

El Decreto 111 que declara el ‘Estado de guerra’ constituye una hábil jugada política al crear un resquicio por el cual el Gobierno pudo ‘meter la cabeza’ excluyendo la intervención de las otras funciones, pues el Estado de Guerra no requiere el permiso de la Corte ni de la Asamblea por no ser un Estado de Excepción.

Es que los ‘aliades’ no son confiables. Pruebas: en lugar de apoyar el proyecto del Gobierno lo convirtieron en inconstitucional al proponer nuevos impuestos, lo cual está prohibido por la Constitución ya que solo el presidente puede hacerlo. Creen que así, el país no ve a que juegan.

Esto prueba que donde la Asamblea mete mano, la cosa se traba. Por eso la llegada de las tropas americanas fue posible: no tuvo que pasar por la Asamblea al no configurar una alianza política, sino un simple acuerdo de cooperación. De no ser así, la Asamblea la hubiera impedido también.

Lo cual debería bastar para que la mente creativa que encontró el resquicio para excluir a la Asamblea del Decreto 111 y los acuerdos de cooperación, vea que solo funciona lo que el Gobierno puede controlar sin que nadie más meta la mano.

Pero la consulta popular no sigue este mismo patrón. Ha sido concebida sin buscar el resquicio que excluya la intervención de los otros poderes. Al contrario, solo será posible si la Corte la autoriza -sin cambiar- las preguntas. Y si se impide a los ‘aliades’ hacer sus travesuras en la Asamblea.

Pero sí existe ese resquicio que permite al Gobierno prescindir de los otros poderes: la consulta del art. 444, que no requiere dictamen previo de la Corte ni el paso por la Asamblea, por no exigirlo dicho artículo. Y que además, faculta al Gobierno a hacer en el futuro todo lo que considere necesario, volviendo al sistema anterior en el cual el presidente no era esclavo de los otros 2 poderes como ahora.

Amparándose además, en una sola y no en 20 incomprensibles preguntas:

¿Debe entrar en inmediata vigencia la Constitución elaborada por 2 comisiones especializadas en la Constituyente que se convoca mediante esta consulta?

Veamos si juegan tan bien como lo vienen haciendo.



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