Con 92 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de reformas al Código de la Función Judicial, respecto al principio de publicidad, reglas para los concursos de oposición y méritos, convocatoria pública, jornadas legales de trabajo, inclusión del teletrabajo, traslados, prescripción y caducidad de la acción, facultades y deberes de las juezas y jueces, competencia de las Salas de las Cortes Provinciales, competencia de los jueces especializados de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar y archivo nacional notarial.
Tras la aprobación de la Ley número 21 en la actual administración, el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle Kozhaya dijo que “esta normativa es la respuesta a las víctimas y sobrevivientes de la violencia sexual, en la que se incluye la creación de los juzgados especializados de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, para combatir estos delitos y que no queden en la impunidad”.
Previo al debate, en comisión general, Lola Balladares, representante de ONU Mujeres, sostuvo que el ejercicio de los derechos constituye un elemento fundamental del estado de derecho y gobernabilidad, siendo necesaria la existencia de una justicia especializada en casos de violencia.
Así está conformada la comisión que tramitará las reformas de la consulta
Estefanía Guillén, del Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer, rechazó el decreto que transforma al Ministerio de la Mujer porque es un retroceso en derechos. Exigió que exista una justicia especializada en violencia contra mujeres, considerando los precedentes internacionales.
Jessica Jaramillo, representante Fundación contra la Violencia, precisó que esta reforma es prioridad, porque justicia que desconoce o justicia que tarda no es justicia. “Los operadores de justicia deben abordar los casos de violencia sexual con sensibilidad de género”, dijo.
María José Gutiérrez, del Instituto Igualdad de Género y Derecho, recordó que entre el 2017 y 2024 se registran 725 casos de femicidios. “Estamos expuestas a la violencia de género, a la violencia en los espacios universitarios y acoso sexual en los espacios de poder. 5 de cada 10 estudiantes, han sido víctimas de acoso sexual en el espacio universitario”, mencionó.
En nombre de la Fundación MEGA, Karen Ulcualgo detalló los resultados de los abusos y violencia sexual en un sistema machista y patriarcal, sin excepción de grupos sociales. Planteó la especialización de los operadores de justicia con métodos, herramientas y estrategias de investigación específicas.
Tras la comisión general, el legislador ponente del informe, Fernando Cedeño expuso el contenido de la reforma hacia una administración de justicia eficaz, garantizando el ejercicio de los derechos humanos, dentro de un Estado constitucional de derechos y justicia. La propuesta normativa de 25 artículos es el resultado del análisis de cuatro iniciativas, en 10 sesiones y aportes de varias instituciones.
En el debate, la legisladora Viviana Veloz, una de las autoras de la iniciativa, recordó la existencia de 220 mil denuncias por violencia física, psicológica y sexual, desde el 2020 hasta la actualidad; desde el 2018 hasta el 2023 han existido más de 52 mil denuncias de violencia sexual. Precisó que la propuesta busca una justicia especializada, pues la creación de los juzgados especializados en violencia sexual conlleva más celeridad en los procesos, mejor atención a las víctimas, especialización de los fiscales, coordinación interinstitucional y prevención de la violencia sexual.
Los asambleístas reflexionaron sobre el papel de los órganos de justicia; la necesidad de concursos públicos abiertos para que el Estado se beneficie de los mejores profesionales; la construcción de un complejo judicial en la provincia de El Oro, para mejorar el servicio judicial; la existencia aproximada de 3 mil niñas que han sido madres, producto de hechos de violación y no tienen procesos de defensa; la independencia y autonomía de la justicia indígena, autoridades que no forman parte de la Función Judicial; y, la protección y defensa de los derechos de las mujeres de conformidad con lo establecido en la Constitución, relacionado con la tutela judicial efectiva, seguridad jurídica y debido proceso.
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