Camila León, representante azuaya en la Asamblea Nacional, propuso una iniciativa de Ley Orgánica de Repetición, con el objetivo de recuperar los recursos económicos del Estado, frente al dolo o culpa grave de toda persona que, actuando en ejercicio de potestad pública, haya causado perjuicio al Estado.
El proyecto regula la figura de repetición, a fin de que el Estado recupere los valores que ha pagado de funcionarios o exfuncionarios que hayan ocasionado perjuicios por violaciones a los derechos de particulares, por deficiencia en la prestación de servicios públicos o por acciones y omisiones en el desempeño de sus cargos.
En su artículo quinto, la norma establece tres criterios para determinar responsabilidades, siendo estos: la existencia de acciones u omisiones cometidas con dolo o culpa grave; la existencia de una resolución en la que se haya dispuesto al Estado el pago de valores en favor de los particulares y que tenga el carácter de definitiva; y la existencia de un nexo causal entre la acción u omisión y la causa por la que se determinó al Estado ecuatoriano la obligación de pagar valores en favor de los particulares.
También establece requisitos para determinar el grado de responsabilidad de la o las personas que, actuando en ejercicio de potestad pública, hayan ocasionado estos perjuicios, así como las dos fases para hacer efectivo el derecho de repetición: administrativa interna y jurisdiccional con sus respectivas subfases.
Por último, la legisladora proponente informó que el proyecto también les otorga a los servidores públicos la posibilidad de defenderse en varios momentos, al considerar que esta figura tiene una fase administrativa interna en las instituciones, una jurisdiccional ante los jueces y una dentro de los juicios principales demandados al Estado, previo a la repetición.
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