El Tribunal Superior de Bogotá negó este lunes 4 de agosto de 2025 la solicitud presentada por la defensa del expresidente colombiano Álvaro Uribe Vélez para suspender su detención domiciliaria, tras haber sido condenado en primera instancia a 12 años de prisión por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
Los abogados del exmandatario interpusieron una acción de tutela (recurso de amparo) con la que pedían que se decretara una medida provisional para dejar sin efecto la sentencia mientras se resolvía el recurso. Sin embargo, el Tribunal decidió no decretar la medida provisional solicitada, aclarando que su decisión no admite recurso alguno.
“No se accederá a decretar la medida provisional solicitada, lo cual en manera alguna significa que a partir de esta providencia se desprenda el sentido del fallo que se vaya a emitir”, señaló el tribunal en su resolución.
A pesar de esta negativa, el Tribunal sigue estudiando el fondo del recurso de tutela con el que la defensa de Uribe busca su libertad inmediata alegando violación de derechos fundamentales como la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad personal.
El expresidente, de 73 años y líder del partido Centro Democrático, fue sentenciado el pasado 1 de agosto a prisión domiciliaria, a una multa de más de 3.400 millones de pesos colombianos (aproximadamente USD 822.000) y a más de ocho años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
La jueza 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Heredia, ordenó su detención inmediata pese a que la sentencia será apelada. El Tribunal Superior tiene como plazo máximo octubre para emitir un fallo en segunda instancia. La defensa tiene hasta el 13 de agosto para presentar formalmente la apelación.
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