La estructura de la inteligencia estratégica

Jul 19, 2025

Francisco Trejo
Por Francisco Trejo

La toma de decisiones para un gobernante es vital, porque determinan el rumbo de un Estado, por tanto, estas decisiones deben estar respaldadas por una información eficaz, eficiente y oportuna, suministrada por los organismos que manejan los sistemas de inteligencia. La información debe abarcar ámbitos fundamentalmente en los campos político, social, económico, militar, diplomático, geopolítico, geoeconómico, tecnológico y otros que puedan ser de interés para el Estado.

La inteligencia estratégica al ser un proceso sistemático permite la obtención, el análisis y el uso de la información con la finalidad de tomar decisiones acertadas y diseñar políticas públicas a futuro, para enfrentar las amenazas internas y externas a la seguridad y supervivencia de los estados. Esta información genera conocimiento y a la vez nos posibilita la anticipación a los eventos que puedan generar impacto e inseguridad, permitiendo la neutralización de las amenazas en forma oportuna.

En el ámbito gubernamental, la inteligencia estratégica es fundamental para la seguridad nacional y la prevención de amenazas, sin ella los Estados serían vulnerables y las decisiones importantes no tendrían sustento. Esas decisiones pueden generar una problemática y crisis, sin llegar a dar soluciones adecuadas y oportunas.

El pasado 14 de julio de 2025, el presidente Daniel Noboa, a través del Decreto Ejecutivo 52, expidió el reglamento para la Ley de Inteligencia, que tiene 36 artículos y 8 disposiciones, donde se definen e incluyen procesos de coordinación y articulación del Sistema Nacional de Inteligencia, determinando como órgano rector del Sistema al Centro Nacional de Inteligencia reemplazando al Centro de Inteligencia Estratégico (CIES) y la sistematización con otros subsistemas que abarcan los campos de la inteligencia estratégica. Determina la forma de clasificación y la reserva de información entre otros aspectos importantes. Los artículos de la ley y su reglamento que han generado controversias como una de las normas que enfrenta 10 demandas de inconstitucionalidad, donde se determina que, los servicios de inteligencia podrán solicitar información a operadoras telefónicas sin orden judicial.

Con esta normativa en vigencia en Ecuador, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), cumple un papel crucial en el Sistema Nacional de Inteligencia. Su misión es ejercer la rectoría de este sistema y producir inteligencia estratégica para la seguridad integral del Estado, la sociedad y la democracia. El CNI operará con principios de legalidad, proporcionalidad, reserva y exclusividad de información. Sus valores son el compromiso, la integridad, el respeto, la honestidad y la lealtad. Por lo tanto, es indispensable que su rectoría sea ejercida por personal con conocimiento y experticia en inteligencia estratégica y con visión perspectivista y geopolítica que permita desarrollar procesos eficaces en la obtención de información, el análisis y la producción de una inteligencia veraz y oportuna. Se debe desarrollar también un sistema nacional unificado en la formación y capacitación para el personal civil, militar y policial, especialistas en inteligencia, así como los niveles de su preparación en la inteligencia táctica, operacional y estratégica.

Es la oportunidad de formar y estructurar un verdadero Sistema de Inteligencia Nacional con personal altamente capacitado y entrenado que pueda llevar a efecto operaciones especiales de inteligencia, para proteger al Estado de las amenazas internas y externas y brindar la información requerida para que las unidades operativas sean efectivas en la lucha contra estas amenazas.



0 comentarios



Te puede interesar




Lo último