A partir del 1 de julio de 2025, los ciudadanos que tengan multas, intereses o recargos pendientes por infracciones de tránsito deberán pagarlos de forma obligatoria para poder renovar licencias o matricular vehículos. Así lo informó oficialmente la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) este 6 de julio.
La medida se aplica tras el vencimiento del artículo 6 del Reglamento a la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador, expedido mediante el Decreto Ejecutivo No. 551, el cual permitió —de forma temporal— que los usuarios puedan renovar documentos habilitantes sin necesidad de estar al día en sus deudas de tránsito ni firmar convenios de pago. Esta disposición estuvo vigente hasta el 30 de junio de 2025.
Durante ese periodo, tanto la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) como los gobiernos autónomos descentralizados con competencia en matriculación vehicular, suspendieron los bloqueos por morosidad. Sin embargo, desde el 1 de julio, retoman los impedimentos para quienes no hayan regularizado su situación.
La CTE también recordó que la emisión de nuevas citaciones no ha sido suspendida, por lo que las infracciones continúan generándose con normalidad y los conductores deben asumir las responsabilidades correspondientes.
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