Una mujer en Galápagos, víctima de violencia de género y con medidas de protección contra su exesposo, sufrió otro golpe: la empresa eléctrica Elecgalápagos S.A. le retiró el medidor y la dejó sin luz, solo porque el servicio estaba a nombre de él.
El hombre, con un trámite sencillo, la dejó sin electricidad, una forma de violencia patrimonial en la que se usa el poder económico para dañar a la pareja.
La afectada denunció el caso, pero Elecgalápagos ignoró su situación y se negó a reinstalar el servicio, a pesar de que ella ofreció pagarlo. La Corte Constitucional analizó el caso y determinó que la empresa vulneró sus derechos a la integridad personal y a una vivienda digna.
¿Qué ordenó la Corte?
- En 90 días, los Ministerios de Energía y de la Mujer deberán presentar una política especial para evitar que mujeres en situaciones similares pierdan el servicio eléctrico.
- Elecgalápagos debe capacitar a su personal sobre violencia de género.
- Todas las empresas eléctricas del país deberán aplicar la política.
- La Presidencia debe difundir la sentencia a todas las empresas del sector energético.
- Elecgalápagos debe ofrecer disculpas públicas a la afectada.
0 comentarios