‘Corte Interamericana reconoce patrón de violaciones sistemáticas contra pueblos en aislamiento’

Mar 14, 2025

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido un fallo histórico en el que declara a Ecuador responsable de violar más de 20 derechos fundamentales de los pueblos indígenas tagaeri y taromenane, quienes habitan en aislamiento voluntario en la Amazonía. Este fallo llega 19 años después de los primeros hechos que desencadenaron el proceso, y destaca la grave afectación al territorio y modo de vida de estas comunidades originarias.

Cristina Melo, coordinadora del programa de derechos humanos y de la naturaleza de la Fundación Pachamama, expresó que el reconocimiento internacional por parte de la Corte refleja la responsabilidad del Estado ecuatoriano en una serie de violaciones a los derechos humanos, cometidas por agentes externos y estatales entre 2003 y 2013. En su análisis, Melo destacó que la Corte no solo abordó hechos puntuales, sino un patrón sistemático de violaciones impulsadas por políticas extractivas que han fomentado la expansión de fronteras extractivas y la violencia en los territorios indígenas.

La sentencia incluye varias disposiciones clave. La Corte ordena al Estado ecuatoriano implementar medidas para garantizar la protección del Yasuní y de los pueblos en aislamiento, y exige que se respete el mandato popular que busca dejar el petróleo del Yasuní bajo tierra. En particular, se establece un plazo de un año para que Ecuador presente un informe sobre las acciones adoptadas para cumplir con el fallo, además de crear una comisión técnica para evaluar la zona intangible del Yasuní.

Melo enfatizó que el Estado ecuatoriano debe aplicar las políticas con un enfoque acorde a las dinámicas y características de los pueblos indígenas, destacando que hasta ahora las medidas tomadas por el gobierno han ignorado la movilidad cíclica y la relación intrínseca de estos pueblos con su territorio. La abogada también subrayó que la Corte Interamericana instó al Estado a trabajar con la participación activa de las organizaciones indígenas, científicas y la sociedad civil para proteger efectivamente a estas comunidades.

La sentencia también aclara que las actividades extractivas, como la explotación petrolera, no podrán renovarse ni expandirse sin un análisis previo del impacto sobre estos pueblos, lo que podría frenar los proyectos extractivos en la región. La Corte advirtió que cualquier daño ambiental, incluso a kilómetros de distancia, podría tener consecuencias devastadoras para los pueblos en aislamiento.



Comentarios

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Te puede interesar





Lo último