Corte Constitucional elimina la cárcel para conductores que excedan el límite de velocidad

Ene 28, 2025

La Corte Constitucional (CC) dejó sin efecto la sanción de tres días de cárcel para los conductores que manejen a exceso de velocidad, establecida en el artículo 386.3 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La CC declaró esta disposición inconstitucional al considerar que la privación de libertad era una medida desproporcionada.

En su fallo, la CC argumentó que “la privación de libertad debe ser utilizada como última ratio, ya que afecta el derecho a la libre movilidad y limita la autonomía de las personas, quienes pasan a la custodia del Estado mientras permanecen en centros de detención”.

Cambios en las multas de tránsito y el Pico y Placa en Quito

En Quito, el sistema de restricción vehicular Pico y Placa sigue vigente para reducir el tráfico en el área urbana. Desde este año, la multa para quienes incumplan la medida pasó de $69 a $70,5, equivalente al 25% del salario básico unificado.

El esquema de restricción por Pico y Placa funciona de la siguiente manera:

  • Lunes: placas terminadas en 1 y 2
  • Martes: placas terminadas en 3 y 4
  • Miércoles: placas terminadas en 5 y 6
  • Jueves: placas terminadas en 7 y 8
  • Viernes: placas terminadas en 9 y 0
  • Sábados, domingos y feriados: libre circulación

Los horarios de restricción son de 06:00 a 09:30 en la mañana y de 16:00 a 20:00 en la tarde.

Por otro lado, otras multas de tránsito también han incrementado a nivel nacional. Por ejemplo, no usar el cinturón de seguridad o hablar por teléfono al conducir ahora tendrán un aumento de un dólar en su valor.



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