Daniel Noboa reforma el Reglamento de la Ley Orgánica de Comunicación

Oct 15, 2024

El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto 421, estel 14 de octubre de 2024, introduciendo reformas al Reglamento General de la Ley Orgánica de Comunicación. Este decreto, compuesto por 16 artículos y dos disposiciones transitorias, incluye importantes modificaciones sobre la participación extranjera en medios de comunicación nacionales y regulaciones en torno a la publicidad.

Una de las reformas más destacadas establece que cualquier persona jurídica extranjera que desee ser accionista o socia de un medio de comunicación ecuatoriano deberá estar domiciliada en Ecuador y cumplir con la legislación vigente del país. Esto refuerza el control sobre la participación extranjera en el sector mediático.

El Decreto también modifica el artículo 5 del Reglamento, permitiendo que los prestadores de servicios de audio y video por suscripción que cuenten con canales locales de programación propia puedan ser considerados medios de comunicación social. Además, las operadoras de estos servicios deberán obtener autorización expresa de los titulares de contenido y señales abiertas antes de retransmitir por cualquier medio.



Regulación de la publicidad

Las reformas también abordan la publicidad, prohibiendo la publicidad engañosa, así como cualquier tipo de propaganda relacionada con la pornografía infantil, cigarrillos y sustancias sujetas a fiscalización. Sin embargo, permite la publicidad de bebidas con un grado alcohólico no mayor al 5%.

El decreto incluye dos disposiciones transitorias. La primera otorga un plazo de 60 días al Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación para actualizar y codificar manuales y directrices que garanticen el derecho a la libertad de expresión.

La segunda transitoria instruye a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones a convocar un proceso público para la adjudicación de frecuencias del espectro radioeléctrico dentro del mismo plazo.



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