Los gastos en discapacidad no son dispendiosos 

Oct 13, 2024

Por Berenice Cordero

El modelo social de discapacidad se plasmó en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La capacidad no es individual, es una oportunidad social y cultural que ofrecen los contextos en los que los sujetos se desarrollan. Según la teoría de los derechos humanos, la persona se caracteriza por su capacidad para razonar, sentir y comunicarse. Estas capacidades justifican la existencia de derechos universales y también específicos. Young resalta la importancia de las relaciones sociales de poder y las estructuras de discriminación que limitan la equidad colectiva. Los derechos de las personas con discapacidad buscan eliminar barreras que afectan su dignidad y participación social.

El modelo social supera el enfoque clínico y rehabilitador, y se distancia de la visión de la discapacidad como tragedia personal. Destaca la exclusión social por la inaccesibilidad del entorno y la falta de sistemas inclusivos. La discapacidad, resultado de estructuras sociales, está relacionada con la discriminación que restringe el ejercicio de los derechos humanos.

Un aspecto crítico son los cambios culturales en la relación con las personas con discapacidad. Aún prevalece una visión centrada en la deficiencia orgánica, reforzando la idea de normalidad. Esta perspectiva conlleva prácticas “capacitistas” que limitan o niegan el derecho a la autonomía de las personas con discapacidad. Este derecho supone acceso a educación, salud, empleabilidad y cuidados pertinentes.

Las barreras sociales incrementan la vulnerabilidad en aspectos como salud, educación y economía. Las personas con discapacidad tienen peores resultados sanitarios, educativos y económicos, además de enfrentar mayores tasas de pobreza y dependencia. Los costos adicionales de asistencia y atención agravan su situación económica, especialmente en países de bajos ingresos, donde las personas con discapacidad tienen un 50% más de probabilidades de enfrentar gastos ruinosos que debilitan a las familias.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada por Ecuador en 2007, redefine la discapacidad como una interacción entre las personas con deficiencias y las barreras sociales. Este instrumento busca eliminar obstáculos para garantizar la participación plena y en igualdad de condiciones. La discapacidad, como otras condiciones, requiere el reconocimiento de su identidad como colectivo. Aunque la compasión es importante, no es suficiente para lograr cambios en políticas y sistemas. Los gastos en discapacidad no son un despilfarro; las “economías presupuestarias” tendrán costos sociales y económicos a largo plazo para la sostenibilidad de la vida de las personas con discapacidad.



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