La legisladora Gissela Garzón presentó una propuesta crucial para enfrentar el creciente problema del ciberacoso en Ecuador.
La reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) busca tipificar el ciberacoso como un delito específico, ofreciendo una protección legal robusta para las víctimas de hostigamiento y violencia a través de medios digitales.
¿Qué implica la reforma?
- Nuevo artículo 154.3: La propuesta introduce una nueva sección en el COIP que define el ciberacoso como una serie de acciones como intimidación, persecución, amenazas y difamación. Estas acciones pueden tener efectos graves en la integridad física y emocional, así como en el derecho a la privacidad de las personas.
- Penas previstas: Las penas para quienes cometan estos delitos irán de uno a tres años de prisión, con un posible aumento a cinco años si la víctima experimenta alteraciones significativas en su vida cotidiana o teme por su seguridad.
Datos alarmantes respaldan la propuesta:
- Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), el 12% de las mujeres en Ecuador ha sido víctima de violencia psicológica a través de medios tecnológicos.
- En 2021, se registraron más de 2.500 denuncias de delitos informáticos, y los informes de UNICEF indican que el 24% de los adolescentes ha sido víctima de ciberacoso en redes sociales.
Esta forma de violencia, lamentablemente, es cada vez más frecuente. No solo afecta la esfera privada de las personas, sino que también vulnera sus derechos constitucionales y su bienestar psicológico”, afirmó Garzón.
La propuesta de reforma pretende abordar de manera efectiva el problema del ciberacoso, que ha demostrado ser una amenaza creciente para la privacidad y el bienestar psicológico de los ciudadanos.
Al establecer un marco legal claro y sancionador, se espera que esta medida contribuya a proteger a las personas y reducir los casos de violencia digital en el país.
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