La bancada de Construye presentó el jueves 1 de agosto de 2024 una propuesta para reformar el artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con el fin de modificar las sanciones por exceder los límites de velocidad en Ecuador.
La propuesta surge en medio de la controversia por el uso de cinemómetros en Quito, que ha llevado a la detención de un extranjero y a la sanción de seis personas por circular a más de 50 kilómetros por hora en zonas urbanas.
El abogado André Benavides ha planteado la posibilidad de demandar la inconstitucionalidad de la medida, argumentando que la pena no es proporcional a la infracción. En su cuenta de X, Benavides ha señalado que la sanción contraviene varios artículos de la Constitución del Ecuador.
En respuesta, el asambleísta Jorge Peñafiel anunció que la bancada de Construye ha propuesto un proyecto que mantiene la prisión como sanción pero introduce un esquema gradual de multas en cinco etapas antes de llegar a la cárcel. La propuesta busca equilibrar la penalización de las infracciones de velocidad.
La reforma propuesta modifica el artículo 386 del COIP de la siguiente manera:
- Primera infracción: Multa de un salario básico unificado (460 dólares) y reducción de dos puntos en la licencia de conducir.
- Segunda reincidencia: Multa de 1.5 salarios básicos unificados (690 dólares) y reducción de cuatro puntos en la licencia.
- Tercera reincidencia: Multa de dos salarios básicos unificados (920 dólares) y reducción de seis puntos en la licencia.
- Cuarta reincidencia: Trabajo comunitario, multa de 2.5 salarios básicos unificados (1.150 dólares) y reducción de ocho puntos en la licencia.
- Quinta reincidencia: Pena privativa de libertad de tres días, multa de tres salarios básicos unificados (1.380 dólares) y reducción de diez puntos en la licencia.
El nuevo sistema considera reincidencias en un período de dos años desde la primera infracción. Según Peñafiel, el proyecto deberá ser tramitado en un plazo máximo de tres meses a partir de esta fecha.
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