El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto 338 el lunes 22 de julio de 2024, ordenando la liquidación y terminación del Fideicomiso Mercantil AGD-CFN No Más Impunidad, creado hace 15 años en 2009. Este fideicomiso, aunque debía ser liquidado según la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo y Estabilidad y Equilibrio Fiscal, ha permanecido vigente.
El decreto establece que el Fideicomiso ha cumplido con su objetivo inicial y ahora es necesario proceder con su liquidación y terminación. Dispone la cancelación de compañías cuyo paquete accionario forma parte del Fideicomiso y que se encuentren en estado de disolución y liquidación, a través de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
La CFN B.P., en calidad de fiduciaria del Fideicomiso, aplicará la figura de “confusión” para extinguir las obligaciones de capital e intereses de cualquier rubro registrados como cuentas y documentos por cobrar en el fideicomiso. Los ajustes contables de las compañías canceladas deberán realizarse en un plazo de diez días desde la publicación del decreto. Además, la CFN, con base en los saldos reflejados en los estados financieros del Fideicomiso, realizará el castigo de las cuentas del activo provisionadas debido al deterioro determinado por los informes de auditoría.
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La Unidad de Gestión y Regularización, como entidad garante-beneficiaria de los Certificados de Pasivos Garantizados (CPGs) generados por las instituciones financieras liquidadas en la crisis bancaria de 1999, recibirá la información sobre el tratamiento de los CPGs castigados que mantenía el Fideicomiso.
Una vez realizados los ajustes contables, el Fideicomiso restituirá a la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público los activos remanentes que consten en el patrimonio autónomo. La Secretaría Técnica, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, ejecutará las acciones necesarias para la recepción y registro de los activos remanentes del Fideicomiso.
Finalmente, la CFN entregará a la Secretaría Técnica el informe consolidado de las gestiones realizadas durante el proceso de liquidación del Fideicomiso. Con la entrega de este informe, la CFN procederá a levantar el acta de terminación del Fideicomiso, que se considerará como la liquidación oficial del fideicomiso y será inscrita en los registros y entidades de control respectivas.
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